A001-08


REPUBLICA DE COLOMBIA

Auto 001/08

 

ACCION DE TUTELA CONTRA AVIANCA-Notificación en debida forma/ACCION DE TUTELA CONTRA AVIANCA-No existencia de duda de los fallos revisados de primera y segunda instancia en sentencia T-1059/07

 

 

Referencia: expediente T-1683553

 

Accionante: Olga Mantilla Suárez

 

Accionados: Tribunal Superior de Bogotá, Sala Laboral y Aerovías del Continente Americano, AVIANCA.

 

Procedencia: Corte Suprema de Justicia

 

Magistrado Ponente:

Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA

 

 

Bogotá D.C, diecisiete (17) de enero de dos mil ocho (2008)

 

La Sala Sexta de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional, conformada por los magistrados Marco Gerardo Monroy Cabra -quien la preside-, Nilson Pinilla Pinilla y Humberto Antonio Sierra Porto,

 

 

CONSIDERANDO

 

Que en la parte inicial (página 1) de la sentencia T-1059, proferida por esta Sala el 6 de diciembre de 2007, se incurrió en un error al momento de enunciar los fallos que fueron revisados en dicha providencia y, en consecuencia, se permite aclarar lo siguiente:

 

1.     Que se debe entender que los fallos que revisó la Sala Quinta de esta Corte no fueron los del Consejo Seccional de la Judicatura, Saa Disciplinaria del 25 de enero de 2007, ni del Consejo Superior de la Judicatura, Sala Disciplinaria del 14 de marzo de 2007.

2.     Que los fallos que se revisaron, tal y como quedó consignado en los capítulos II, III y IV de la Sentencia T-1059 de 2007, así como en la parte resolutiva de la misma, corresponden a las siguientes instancias:

 

a)     Primera instancia: Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, del 30 de abril de 2007, que negó el amparo solicitado por la señora Olga Mantilla Suárez.

b)    Segunda Instancia: Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal del 6 de julio de 2007, que confirmó la decisión de primera instancia.

 

Lo anterior, con el fin de que por medio de la Secretaría de esta Corte se lleven a cabo, en debida forma, las respectivas notificaciones del fallo y no exista duda de los fallos que fueron revisados.

 

Con fundamento en las anteriores consideraciones, esta Sala de Revisión

 

 

RESUELVE

 

PRIMERO: ACLARAR la Sentencia T-1059 de 2007, proferida el 6 de diciembre de 2007 en el siguiente sentido:

 

La revisión de la tutela que llevó a cabo la Sala Quinta de Revisión en la sentencia T-1059 de 2007, se hizo sobre las sentencias proferidas en primera instancia por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, del 30 de abril de 2007, que negó el amparo solicitado por la señora Olga Mantilla Suárez y, en segunda instancia por la Sala de Casación Penal de esa misma Corporación el 6 de julio de 2007, que confirmó la decisión de primera instancia.

 

SEGUNDO: En constancia de esta corrección, ANÉXESE esta providencia a la Sentencia T-1059 de 2007, para los fines legales pertinentes.

 

Notifíquese, comuníquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase.

 

 

 

MARCO GERARDO MONROY CABRA

Magistrado

 

 

 

NILSON PINILLA PINILLA

Magistrado

 

 

 

HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

Magistrado

AUSENTE EN COMISION

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General