A054-08


LLAMADAS PENDIENTES

Auto 054/08

 

DERECHO A LA VIDA Y SEGURIDAD PERSONAL DE LIDERES DE LA POBLACION DESPLAZADA-Verificación medidas de protección adoptadas en cumplimiento del Auto 200/07

 

Referencia: Sentencia T-025 de 2004, y Autos de seguimiento – Protección líderes desplazados.

 

Magistrado Ponente:

Dr. Manuel José Cepeda Espinosa

 

 

Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil ocho (2008)

 

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil

 

 

CONSIDERANDO

 

1. Que el día 14 de marzo de 2008, los magistrados de la Sala Segunda de Revisión estuvieron presentes en un foro sobre la situación de los desplazados en el Magdalena y sobre los avances alcanzados en materia de protección del goce efectivo de sus derechos protegidos por la sentencia T-025 de 2004.

 

2. Que públicamente en dicha sesión los líderes que hicieron uso de la palabra manifestaron que temían por su vida.

 

3. Que el Comandante de la Policía presente manifestó la voluntad de la institución de ofrecerles la seguridad requerida.

 

4. Que la Sala Segunda de Revisión profirió el auto N° 200 de 2007 relativo a la seguridad de los desplazados y en especial de los líderes de las organizaciones de desplazados.

 

5. Que es necesario remitir al Ministerio del Interior y de Justicia - Programa de Protección, el nombre y la identificación de los líderes que solicitaron protección para garantizar su derecho a la seguridad personal, a su vida y a su integridad física, con el fin de que el Ministerio verifique la efectividad de las medidas de protección que se les están brindando. De conformidad con los programas adoptados en cumplimiento del Auto 200 de 2007.

 

En mérito de lo expuesto, la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,

 

 

 

RESUELVE

 

Primero.- Ordenar al Ministerio del Interior y de Justicia - Programa de Protección, que verifique la efectividad de las medidas de protección que se le están brindando a los líderes desplazados que en la sesión del 14 de marzo de 2007 manifestaron públicamente en Magdalena en presencia de los magistrados que integran la Sala Segunda de Revisión que temían por su vida y en el evento de que tales medidas no cumplan los requisitos exigidos dado su nivel de riesgo, adopte las decisiones necesarias para proteger los derechos de tales líderes.

 

La lista de líderes, con su identificación y teléfono será anexada a este auto.

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA

Magistrado

 

 

 

JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO

Magistrado

 

 

 

RODRIGO ESCOBAR GIL

Magistrado

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

 


Listado líderes

 

Nombre                                  Identificación               N° Telefónico

 

Fanny Pantoja Polo                c.c. 36.593.280             310 7381406

 

María Choles Toro                 c.c. 26.670.661             312 6498858

 

Betsabe Ortíz Rodríguez                  c.c. 57.426.660             312 6582265

 

Jairo Andrade                         c.c. 19.515.618             314 5851018

 

Jaime Luis Meléndez Torni     c.c. 12.556.065             3116913970

 

Gloria Epieyu                         c.c. 40.932.066             312 6520795