Sala de Seguimiento Sentencia T-760/08

ORDEN 28

Vigésimo octavo.- Ordenar al Ministerio de la Protección Social que, si aún no lo han hecho, adopte las medidas necesarias para asegurar que al momento de afiliarse a una EPS, contributiva o subsidiada, le entreguen a toda persona, en términos sencillos y accesibles, la siguiente información,

(i) Una carta con los derechos del paciente. Esta deberá contener, por lo menos, los derechos contemplados en la Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial (adoptada por la 34ª Asamblea en 1981) y los contemplados en la parte motiva de esta providencia, en especial, en los capítulos 4 y 8. Esta Carta deberá estar acompañada de las indicaciones acerca de cuáles son las instituciones que prestan ayuda para exigir el cumplimiento de los derechos y cuáles los recursos mediante los cuales se puede solicitar y acceder a dicha ayuda.

(ii) Una carta de desempeño. Este documento deberá contener información básica acerca del desempeño y calidad de las diferentes EPS a las que se puede afiliar en el respectivo régimen, así como también acerca de las IPS que pertenecen a la red de cada EPS. El documento deberá contemplar la información necesaria para poder ejercer adecuadamente la libertad de escogencia.

El Ministerio de la Protección Social y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud deberán adoptar las medidas adecuadas y necesarias para proteger a las personas a las que se les irrespete el derecho que tienen a acceder a la información adecuada y suficiente, que les permita ejercer su libertad de elección de la entidad encargada de garantizarles el acceso a los servicios de salud.  Estas medidas deberán ser adoptadas antes del primero (1°) de junio de 2009 y un informe de las mismas remitido a la Corte Constitucional.”.

 

AUTOS (DD/MM/AAAA)

 

DESCRIPCIÓN

1. Auto de 13/07/2009

Seguimiento al cumplimiento de la orden 28.

2. Auto No. 096 de 21/05/2010

Corrió traslado de documento a la Comisión de Regulación en Salud, a la Defensoría del Pueblo, a la Procuraduría General de la Nación y a la Superintendencia Nacional de Salud.

3. Auto No. 317 de 28/09/2010

Elevó cuestionario a varias universidades, grupos de investigación y grupos de seguimiento.

4. Auto No. 146 de 19/07/2011

Seguimiento al cumplimiento de la orden 28.

5. Auto de 28/07/2011

Solicitó al Ministerio de la Protección Social información sobre los afiliados registrados en la Base de Datos Única de Afiliados.

6. Auto No. 067 de 29/03/2012

Seguimiento al cumplimiento de la orden 28.

7. Auto No. 133-A de 19/06/2012

Elevó cuestionario a Expertos.

8. Auto No. 264 de 16/11/2012

Declaró Cumplimiento Parcial de la orden 28.