A003A-97


Auto 003A/97

Auto 003A/97

 

Referencia: Se corrigen dos errores de transcripción en la parte resolutiva de la Sentencia T-639 de 1996.

 

Magistrado Sustanciador:

Dr. VLADIMIRO NARANJO MESA.

 

 

 

Santafé de Bogotá, D.C., doce (12) de febrero de mil novecientos noventa y siete (1997)

 

La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, en uso de sus atribuciones legales y,

 

CONSIDERANDO

1º Que en el numeral primero de la parte resolutiva de la Sentencia T-639 de 1996 se expresó lo siguiente:

 

“PRIMERO: CONFIRMAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá D.C., el día 28 de mayo de 1996, para resolver el proceso de tutela radicado con el número T-100.559, cuyos actores son: Fabriciano Pedraza, Juan Bautista Calderón Bautista, Germán Jiménez Delgado, Humberto Villalba Rodríguez, María Virginia Puerto Camacho, Jorge Eliecer Guzmán Sabogal, Amparo Marín Arias, por las razones expuestas en esta providencia. “(Subrayado Por fuera del texto original)

 

 

2º Que, así mismo, en el numeral segundo de la misma sentencia se consignó lo siguiente:

 

“SEGUNDO:        REVOCAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá D.C. -Sala Laboral- el 29 de mayo de 1996,para resolver el proceso de tutela radicado con el número T-100.563, y en su lugar NEGAR la tutela de los derechos fundamentales a  la igualdad, al trabajo, al debido proceso y a la seguridad social la igualdad, al trabajo, al debido proceso y a la seguridad social, solicitada por los señores Martha Haydee Villamizar Jaimes, Mario de Jesús Carranza Alfonso y Clara Inés Prieto Acosta, por las razones expuestas en el presente fallo.”(Subrayado por fuera del texto original)

 

3º Que por un error de transcripción en la parte resolutiva de la Sentencia, los nombres de los peticionarios que corresponden al expediente T-100.563 fueron relacionados en el expediente T-100.559, y viceversa; y que por lo tanto, debe hacerse la relación correcta de nombres y expedientes,

 

RESUELVE

 

Primero. Corregir el numeral primero de la parte resolutiva de la Sentencia T-639 del 22 de noviembre de 1996, de manera que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:

 

“PRIMERO: CONFIRMAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá D.C., el día 28 de mayo de 1996, para resolver el proceso de tutela radicado con el número T-100.559, cuyos actores son Martha Haydee Villamizar Jaimes, Mario de Jesús Carranza Alfonso y Clara Inés Prieto Acosta, por las razones expuestas en esta providencia.”

 

Segundo: Corregir el numeral segundo de la parte resolutiva de la mencionada Sentencia, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

SEGUNDO: REVOCAR la Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá D.C. -Sala Laboral- el 29 de mayo de 1996, para resolver el proceso de tutela radicado con el número T-100.563, y en su lugar NEGAR la tutela de los derechos fundamentales a  la igualdad, al trabajo, al debido proceso y a la seguridad social la igualdad, al trabajo, al debido proceso y a la seguridad social, solicitada por los señores, Fabriciano Pedraza, Juan Bautista Calderón Bautista, Germán Jiménez Delgado, Humberto Villalba Rodríguez, María Virginia Puerto Camacho, Jorge Eliecer Guzmán Sabogal, Amparo Marín Arias por las razones expuestas en el presente fallo.”

 

Cópiese, notifíquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase

 

 

VLADIMIRO NARANJO MESA

Magistrado ponente

JORGE ARANGO MEJIA

Magistrado

ANTONIO BARRERA CARBONELL

Presidente

MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO

Secretaria General