A015-97


Auto 015/97

Auto 015/97

 

 

Referencia : Expedientes acumulados T-107237; T-107454; T-107498; T-107567; T-107582; T-107798; T-108165; T-108358; T-108377; T-108809; T-108893; T- 108949 y T-109061.

 

Santafé de Bogotá D.C., julio primero (1°) de mil novecientos noventa y siete (1997).

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que dentro de la sentencia T-098 del tres (3) de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997), se resolvieron varias tutelas, entre otras las de las señoras Carmen Elisa Fernández Pineda (Expediente T-107237), y Ana Crisell Rodríguez de Ruíz (expediente T-109061), y la tutela del señor Uriel Coconubo Nuñez (expediente T-107454).

 

Que presentándose dudas sobre la exactitud de sus nombres, por medio del auto del 18 de abril del presente año, la Sala Tercera de Revisión solicitó al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja los expedientes correspondientes a cada uno de los actores mencionados.

 

Recibidos los expedientes, se verificó el nombre correcto de los citados demandantes, encontrándose que los correctos son los siguientes: expediente T-107454, señor Uriel Cocunubo Núñez; expediente T-109061, señora Ana Crisell Rodríguez de Ruíz; y expediente T-107237, señora Carmen Felisa Hernández Pineda.

 

Comprobándose la existencia de errores en la identificación de los actores, se resolverá corregir la sentencia.

 

 

Que es necesario corregir el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia en mención, pues en esta se omitió al señor Uriel Cocunubo Núñez, cuya tutela fue resuelta en dicha sentencia, como se desprende de lo expuesto en la parte considerativa de la misma.

 

En vista de lo anterior se

 

 

RESUELVE

 

Primero.- SEÑALAR que los nombres correctos de los demandantes  respecto de los cuales existía duda, son los siguientes: expediente   T-107454, señor Uriel Cocunubo Núñez; expediente T-109061, señora Ana Crisell Rodríguez de Ruíz; y expediente T-107237, señora Carmen Felisa Hernández Pineda.

 

Segundo.- CORREGIR el numeral Tercero de la parte resolutiva de la sentencia T-098 de marzo tres (3) de 1997, en el cual se había omitido el nombre del señor Uriel Cocunubo Núñez, en los siguientes términos:

 

“Tercero.- REVOCAR las sentencias proferidas en segunda instancia por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, las cuales confirmaban los fallos denegatorios que en primera instancia profirió el Tribunal Superior de Tunja respecto de las demandas interpuestas por Francisco de Paula Acosta Moreno y Uriel Cocunubo Núñez.”

 

Notifíquese y cúmplase.

 

 

 

 

 

EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ

Magistrado

 

 

 

 

CARLOS GAVIRIA DÍAZ

Magistrado

 

 

 

 

 

 

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

Magistrado

 

 

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO

Secretaria General