A145-04


REPUBLICA DE COLOMBIA

Auto 145/04

 

ACLARACION DE VOTO-Corrección

 

Referencia: expedientes D-5044 y D-5046 

 

Corrección de la aclaración de voto del magistrado MARCO GERARDO MONROY a la Sentencia C-818 de 2004

 

Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo Número 02 de 2003, “por medio del cual se modifican los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Constitución Política de Colombia para enfrentar el terrorismo.”

 

 

Bogotá, D. C. , siete (7) de octubre de dos mil cuatro (2004)

 

El suscrito magistrado,

 

 

CONSIDERANDO

 

Que en la aclaración de voto a la Sentencia C-818 de 2004 incurrió en error al mencionar el numero de la Sentencia C-816 de 2004, respecto de la cual había salvado anteriormente su voto, así como al mencionar el nombre del magistrado ponente dentro de la Sentencia C-818 de 2004.

 

Que es conveniente corregir tales errores.

 

 

RESUELVE

 

Primero: Corregir la aclaración de voto que presentó respecto de la Sentencia C- 818 de 2004, de manera que, en lo sucesivo, su tenor sea el siguiente:

 

 

REPUBLICA DE COLOMBIA

 

CORTE CONSTITUCIONAL

 

 

ACLARACIÓN DE VOTO A LA SENTENCIA C- 818/2004

 

 

REF: Expedientes D-5044 y  D-5046

 

Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo Número 02 de 2003, “por medio del cual se modifican los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Constitución Política de Colombia para enfrentar el terrorismo.”

 

Magistrado Ponente:

RODRIGO ESCOBAR GIL

 

 

Teniendo en cuenta que el suscrito magistrado salvó su voto respecto de la decisión adoptada mediante la Sentencia C-816/2004, que resolvió declarar inexequible el Acto Legislativo Número 02 de 2003, por las razones expuestas en dicho salvamento y a las cuales ahora se remite, en el presente caso se permite aclarar el voto en el sentido de que sólo en acatamiento al principio de cosa juzgada ha compartido la decisión aquí adoptada.

 

 

Fecha ut supra,

 

 

 

 

MARCO GERARDO MONROY CABRA

Magistrado”

 

 

 

Segundo: Cópiese y publíquese junto con la sentencia C-818 de 2004.

 

 

MARCO GERARDO MONROY CABRA

Magistrado