A237-11


REPÚBLICA DE COLOMBIA

Auto 237/11

 

 

ACCION DE TUTELA DE ASOCIACION DE RECICLADORES EN MATERIA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ASEO-Remisión contratos con actuales operadores dentro de la declaratoria de urgencia manifiesta de la licitación pública 001/11

 

 

Referencia: Solicitud de medios probatorios dentro de la causa iniciada por Nohra Padilla con ocasión de la Licitación Pública No. 001 de 2011, adelantada por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP).

 

Magistrado Ponente:

JUAN CARLOS HENAO PEREZ

 

Colaboraron: Javier Francisco Arenas Ferro y María Dolores Collazos Velasco.

 

Bogotá, D.C., tres (3) de noviembre de dos mil once (2011)

 

La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO, JORGE IVÁN PALACIO PALACIO y JUAN CARLOS HENAO PÉREZ, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere el siguiente AUTO

 

CONSIDERANDO

 

 

1. Que la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, mediante el Auto 180 del once (11) de agosto de dos mil once (2011), avocó el conocimiento del incidente iniciado por Nohra Padilla Herrera contra la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP).

 

2. Que la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, mediante el Auto 183 del dieciocho (18) de agosto de dos mil once (2011) ordenó la suspensión de la Licitación Pública referida.

 

3. Que es de público conocimiento que la Alcaldía Mayor de Bogotá, en razón a la suspensión ordenada por esta Corporación, declaró la urgencia manifiesta en el Distrito para celebrar negocios jurídicos bajo la modalidad de contratación directa que garantizaran la prestación del servicio público de aseo.

 

4. Que se requieren elementos probatorios para conocer la situación actual de la prestación del servicio público de aseo en la ciudad de Bogotá en razón a tal contratación, que vinculó a los actuales prestadores del servicio.

 

La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- ORDENAR a la UAESP que, en el término perentorio de veinticuatro (24) horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia, remita a esta Corporación los contratos celebrados con los actuales operadores del servicio público de aseo de la ciudad de Bogotá dentro de la referida declaratoria de urgencia manifiesta. En caso de que se trate de una prórroga de aquellos contratos firmados en el año dos mil tres (2003) para la prestación del servicio público de aseo, la UAESP deberá remitirlos también en el mismo plazo.

 

SEGUNDO.- Por Secretaría General de esta Corporación, NOTIFÍQUESE y ENVÍESE copia del presente Auto a la UAESP y a la solicitante. Así como las demás notificaciones de que trata el 36 del Decreto 2591 de 1991.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase,

 

 

 

JUAN CARLOS HENAO PEREZ

Magistrado

 

 

 

GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO

Magistrado

 

 

 

JORGE IVAN PALACIO PALACIO

Magistrado

 

 

 

MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO

Secretaria General