A274-11


REPUBLICA DE COLOMBIA

Auto 274/11

 

 

SEGUIMIENTO SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DESPLAZAMIENTO FORZADO-Prorroga de audiencia pública con órganos de control en sentencia T-025/04

 

 

 

 

 

Referencia: Resuelve solicitud de la Secretaría General de la Presidencia de la República en el sentido de posponer fecha de audiencia.

 

Magistrado Ponente:

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

 

 

Bogotá, D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil once (2011)

 

 

El suscrito Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia de tutela T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, y,

 

CONSIDERANDO

 

 

1. Que en el auto 219 de 2011 la Corte Constitucional convocó a una audiencia especial con los órganos de control, en los siguientes términos:

 

 “Segundo.- CONVOCAR al Procurador General de la Nación, a la Fiscal General de la Nación y a la Contralora General de la República, a una audiencia pública especial ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 que tendrá lugar el día 11 de noviembre de 2011, para que presenten un informe sobre los resultados alcanzados en los procesos disciplinarios, penales o fiscales adelantados contra los funcionarios nacionales responsables de los distintos componentes de atención a la población desplazada que hacen parte del CNAIPD y del SNAIPD por la posible renuencia u omisión en el cumplimiento de sus obligaciones y del acatamiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia T-025 de 2004 en materia de (i) adopción de planes de mejoramiento y de superación de las falencias de capacidad institucional, reformulación de las políticas (ii) de vivienda para la población desplazada, (iii) de tierras y (iv) generación de ingresos; (v) en la corrección de los vacíos protuberantes de la política pública de garantía a los derechos a la verdad, a la justicia, a la reparación y de no repetición; (vi) protección y en la adopción de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vida y a la seguridad personal de los líderes y representantes de la población desplazada, así como de personas desplazadas en situación de riesgo extraordinario, de conformidad con el auto 200 de 2007; (vii) subregistro y falencias de los sistemas de información de conformidad con lo señalado en el auto 011 de 2009, y (viii) y prevención del desplazamiento.”

 

2. Que en ese mismo auto, la Corte señaló que dicha audiencia especial tenía como fin “evaluar la efectividad de los distintos mecanismos disciplinarios, fiscales y judiciales que aseguran el cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional como juez de tutela para proteger a la población desplazada, así como los obstáculos y prácticas institucionales detectados que han dificultado su aplicación.”

 

3. Que a la mencionada audiencia, que tuvo lugar el 10 de noviembre de 2011, cuya metodología se fijó en el auto 232 de 2011, asistieron, la señora Contralora General de la República, el señor Procurador General de la Nación-quienes realizaron las intervenciones previstas en el auto de metodología-, el señor Defensor del Pueblo y demás invitados, pero estuvo ausente la señora Fiscal General de la Nación, pese a que la citación respectiva le fue allegada en debida forma[1], habiendo acudido en su representación el señor Vicefiscal, Juan Carlos Forero.  

 

4. Que teniendo en cuenta las distintas órdenes que ha emitido la Corte Constitucional, tanto en la sentencia T-025 de 2004, como en sus autos de seguimiento, en donde se solicita el despliegue de una serie de actuaciones por parte de la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, tendientes a combatir el delito del desplazamiento forzado y sus conexos, la Corte encontró necesario suspender la audiencia pública especial del 10 de noviembre de 2011.

 

5. Que mediante Auto 253 del 2011 se citó nuevamente a la Fiscal General de la Nación, doctora Vivianne Morales Hoyos, para el jueves quince (15) de diciembre de dos mil once (2011), a partir de las ocho (8:00) de la mañana, hasta las doce (12:00) del medio día, en la sala de audiencias de la Corte Suprema de Justicia.

 

6. Que el Secretario General de la Presidencia de la República, mediante comunicado del 13 de diciembre de 2011, solicitó “la prórroga de la audiencia pública con los órganos de control cuya continuación fue fijada para el día 15 de diciembre de 2011…” debido a la necesaria asistencia de los ministros a las cámaras legislativas para intervenir en las sesiones parlamentarias en las que se aprobarán o conciliarán proyectos de ley correspondientes a la agenda legislativa del gobierno nacional. 

 

7. Por lo anterior, y teniendo en cuenta que se encuentra próximo a culminar el periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la República, el suscrito magistrado ponente accederá a la petición del Secretario General de la Presidencia de la República de Colombia, siendo necesario reprogramar la citada audiencia técnica para el próximo veintiséis (26) de enero del dos mil doce (2012), en la Sala de Audiencias ubicada en el Consejo de Estado.

 

8. Las fechas establecidas, en el auto 253 del 2011, para la presentación de los informes metodológicos por parte del Gobierno Nacional y sobre los indicadores de goce efectivo de derechos, se mantienen.

 

9. En esa medida, se reitera que la metodología de intervenciones, participación y la agenda de la sesión pública técnica para la presentación de los informes metodológicos por parte del Gobierno Nacional, así como los temas que deberán ser complementados por el gobierno nacional dados los vacíos y las contradicciones identificados en los informes presentados por el gobierno durante el año 2011, en respuesta a los autos 385 de 2010 y 219 de 2011, serán señalados mediante auto especial.

 

10. La metodología de intervenciones, invitados, participación y la agenda de la sesión pública técnica sobre indicadores de goce efectivo de derechos serán señalados mediante auto especial.

 

En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado en uso de sus facultades constitucionales y legales,

 

RESUELVE

 

 

PRIMERO.- ACCEDER a la petición presentada por el Señor FEDERICO RENGIFO VELEZ, Secretario General de la Presidencia de la República de Colombia, de fecha trece (13) de diciembre de 2011 en la que solicita “prórroga de la audiencia pública con los órganos de control” fijada para el 15 de diciembre del presente año.

 

 

SEGUNDO. REPROGRAMAR para el día veintiséis (26) de enero de dos mil doce (2012) a partir de las 8:00 de la mañana, hasta las 12:00 del medio día, en la sala de audiencias del Palacio de Justicia ubicado en el Consejo de Estado, la audiencia programada para el día 15 de diciembre de 2011, mediante auto 253 de 2011.

 

TERCERO.- CITAR nuevamente, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, para la continuación de la audiencia pública especial que tendrá lugar el día jueves día veintiséis (26) de enero del dos mil doce, a la Fiscal General de la Nación, a la Contralora General de la República, al Procurador General de la Nación y al Defensor del Pueblo.

 

CUARTO.- INVITAR nuevamente, por medio de la Secretaría General de esta Corporación a los miembros del Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada -CNAIPD y del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada –SNAIPD-, entre los que se encuentran: Subdirector General de la Presidencia de la República como delegado del Presidente de la República al –CNAIPD-, Director de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Director del Departamento Nacional de Planeación, Ministro del Interior, Ministro de Defensa Nacional, Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ministro de Justicia y del Derecho, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministro de Industria, Comercio y Turismo, Ministro de la Protección Social, Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Director del Programa Presidencial de Derechos Humanos, Alto Comisionado para la Paz, Director del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –INCODER-, Gerente del Banco Agrario, Fondo para la Pequeña y Mediana Empresa-FOMIPYME-, Ministra de Educación Nacional, Director del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, Directora del  Instituto Colombiano de Bienestar Familia -ICBF-, Director del Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA-, y Alta Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, respectivamente.

 

QUINTO.- INVITAR nuevamente, por medio de la Secretaría General de esta Corporación, a la Comisión de Seguimiento, y al representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados -ACNUR, con el fin de que presenten sus consideraciones y recomendaciones acerca del papel y los problemas que enfrentan las entidades citadas -Fiscalía General de la Nación y Defensoría del Pueblo-, con el fin de asegurar el cumplimiento de las órdenes judiciales para proteger a la población desplazada, impartidas en la sentencia T-025 de 2004 o en otras sentencias de tutela, así como para el cumplimiento de sus obligaciones legales de investigación, prevención, protección o atención a la población desplazada.

 

SEXTO.- INVITAR nuevamente, a los líderes de organizaciones de población desplazada nacionales y territoriales inscritos en la página Web de la Corte Constitucional y a quienes se les asignó un cupo para asistir a la audiencia especial con órganos de control, a presentar por escrito, durante la continuación de dicha sesión, preguntas dirigidas a los órganos de control sobre su papel para asegurar el cumplimiento de las órdenes judiciales dirigidas a proteger a la población desplazada impartidas en la sentencia T-025 de 2004 y  sus autos de seguimiento.

 

SEPTIMO.- INVITAR nuevamente, a quienes desde la academia o como parte de organizaciones sociales nacionales e internacionales han acompañado el proceso de seguimiento a la sentencia T-025 de 2004 o a sus autos de cumplimiento así como la Organización Internacional para las Migraciones -OIM-, Diálogo InterAgencial en Colombia -DIAL-, Consejería en Proyectos –PCS-, Plan Internacional, Consejo Noruego para Refugiados, Agency for International Development -AID-, Management Sciences for Development Inc -MSD-, Agencia Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo -ASDI-, Opción Legal, Comisión Intereclesial de Justicia y Paz, Políticas Públicas, Derecho Constitucional y Regulaciones –PPODRE-, Centro de Investigaciones Sociojurídicas –CIJUS-, entre otras.

 

OCTAVO.- FIJAR, para el desarrollo de la continuación de la audiencia especial convocada para día veintiséis (26) de enero del dos mil doce, la siguiente agenda:

 

AGENDA

8:00 a 8:30 AM

Ingreso de los asistentes a la Sala de Audiencias ubicada en el Consejo de Estado.

8:30 a 8:40 AM

Apertura de la audiencia ante la Sala Especial de Seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004. Saludo e instrucciones sobre la mecánica de la audiencia por parte del señor  Magistrado. Luis Ernesto Vargas Silva, Presidente de la Sala Especial

8:40 a 9:10 AM

Intervención de la Fiscal General de la Nación

9:10 a 9:25 AM

Intervención del vocero del gobierno

9:25 a 9:40 AM

Intervención de la Comisión de Seguimiento

9:40 a 9:55 AM

Intervención del Representante de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR

9:55 a 10:10 AM

Respuesta a las Preguntas formuladas por escrito por parte de los representantes de las organizaciones de población desplazada que se inscriban para asistir a la Audiencia

10:10 a 10:20 AM

RECESO

10:20 a 10: 50 AM

Intervención del Defensor del Pueblo

10:50 a 11:05 AM

Intervención del vocero del gobierno

11:05 a 11:20 AM

Intervención de la Comisión de Seguimiento

11:20 a 11: 35 AM

Intervención del Representante de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR

11:35 a 11:50 AM

Respuesta a las Preguntas formuladas por escrito por parte de los representantes de las organizaciones de población desplazada que se inscriban para asistir a la Audiencia

11: 50 a 12: 00 M

Cierre de la audiencia especial y conclusiones por parte del Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, Presidente de la Sala Especial de Seguimiento

 

NOVENO.- SOLICITAR a la Fiscal General de la Nación y al Defensor del Pueblo, que los informes que presenten ante la Sala Especial de Seguimiento, en relación con los requerimientos planteados por la Corte Constitucional en el numeral segundo de la parte resolutiva del auto 219 de 2011 y en el auto 232 de 2011, junto con los soportes técnicos que estimen pertinentes, sean entregados a la Secretaria General de la Corte Constitucional por escrito y en medio magnético a más tardar día veintiséis (26) de enero del dos mil doce, en caso de no haberlo hecho antes.

 

DÉCIMO.- SOLICITAR a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la Nación, a la Defensoría del Pueblo y al Gobierno Nacional, responder las preguntas formuladas por los participantes en la audiencia del diez (10) de noviembre de dos mil once (2011), a través de un informe que deberá presentarse en la continuación de la misma, el día veintiséis (26) de enero del dos mil doce.

 

DÉCIMO PRIMERO- DETERMINAR la moderación de la sesión técnica pública de la referencia, en cabeza de la Secretaría General de la Corte Constitucional, ante la cual deberán entregarse los informes y las preguntas que presenten por escrito los líderes de población desplazada, para ser leídas durante el período de preguntas previsto en la agenda de la audiencia.

 

DÉCIMO SEGUNDO.- ADVERTIR a las autoridades públicas citadas a la audiencia pública especial del día veintiséis (26) de enero del dos mil doce, sobre la obligación de concurrir a la citación proferida por la Corte Constitucional y permanecer durante todo el desarrollo de la misma, so pena del acarreamiento de responsabilidad y de incurrir en desacato, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 y 52 del Decreto 2591 de 1991.

 

DÉCIMO TERCERO.- MANTENER la fecha, hora y lugar para el desarrollo de la sesión pública de información técnica sobre indicadores de goce efectivo de derechos prevista en el ordinal vigésimo séptimo del auto 219 de 2011, establecida en el auto 253 del 2011, para el lunes veintitrés (23) de enero de 2012 de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia ubicada en la Corte Suprema de Justicia.

 

DÉCIMO CUARTO.- MANTENER la fecha, hora y lugar para el desarrollo de la sesión pública técnica para la presentación de los informes metodológicos por parte del Gobierno Nacional, de conformidad con lo previsto en los ordinales tercero, cuarto, octavo a décimo primero, décimo quinto, décimo sexto, décimo octavo, vigésimo segundo, vigésimo tercero y vigésimo cuarto de la parte resolutiva el auto 219 de 2011, establecida en el auto 253 del 2011 para el lunes trece (13) de febrero de dos mil doce (2012), desde las 8:00 a. m. hasta las 4:30 p. m., en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia ubicada en el Consejo de Estado.

 

DÉCIMO QUINTO. La metodología de intervenciones, invitados,  participación y la agenda de las sesiones técnicas mencionadas en las órdenes décima tercera y décima cuarta serán señalados mediante auto especial.

 

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

Magistrado Ponente

 

 

 

MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ

Secretaria



[1] Oficio A-1365/-2011 del 18 de octubre de 2011, radicado el 19 de octubre de 2011 en la Sección de Gestión Documental de la Fiscalía General de la Nación, con el DNF No. 20116111733102, al cual se anexaron 87 folios y se entregó con carácter urgente.