A224A-16


REPÚBLICA DE COLOMBIA

Auto 224A/16

 

 

SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DESPLAZAMIENTO FORZADO-Aplazamiento de sesión técnica fijada en el Auto 206 de 2016, en el marco del seguimiento a la sentencia T-025/04

 

 

Referencia: Aplazamiento sesión técnica fijada en el auto 206 de 2016, en el marco del seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.

 

Magistrado Ponente:

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

 

 

Bogotá D.C., mayo veintitrés (23) de dos mil dieciséis (2016)

 

 

El suscrito Magistrado Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto 2591 de 1991, y

 

 

CONSIDERANDO

 

 

1.     Que las Directoras Generales de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado solicitaron el 11 de mayo la suspensión de todas las sanciones de arresto y multa impuestas y las que llegaren a imponerse en contra de los directivos de la Unidad para las Víctimas desde 2012, cuya sustentación se llevaría a cabo en una sesión técnica fijada mediante auto 206 para la presente fecha.

 

2.     Que a través de escrito radicado el pasado 20 de mayo en la Secretaría General de esta Corporación, la Directora General de la Unidad para las Víctimas, Doctora Paula Gaviria Betancur, solicita el aplazamiento de la sesión técnica, teniendo en cuenta que ha sido designada como Jefa de la Delegación de Colombia ante la Cumbre Mundial Humanitaria a realizarse en Estambul-Turquía, el próximo 23 y 24 de mayo y como quiera que aún no se ha posesionado el nuevo Director designado de esa entidad.

 

3.     Que para la Sala tiene especial importancia escuchar a las peticionarias en su exposición detallada de la solicitud elevada, de los documentos y del plan de trabajo que la sustentan, en una sesión técnica que cuente con la participación de las entidades de control, las víctimas y los acompañantes del proceso de seguimiento, cuya naturaleza dialógica le impone este tipo de ejercicios. 

 

4.     En consecuencia, se accederá al aplazamiento y se procederá a la fijación de una nueva fecha.

 

Por consiguiente, el Presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y autos de cumplimiento, en uso de sus facultades constitucionales y legales,   

 

 

RESUELVE

 

 

Primero.- APLAZAR la sesión técnica prevista para el próximo lunes 23 de mayo, a petición de la Directora General de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas,  para el martes veintiuno (21) de junio de los cursantes, cuyo desarrollo tendrá lugar entre las 3:00 y 4:00 de la tarde, en la Sala de Audiencias de la Corte Constitucional.

 

Segundo.- CORRER TRASLADO, a través de la Secretaría General de esta Corporación,  de la solicitud presentada el pasado 11 de mayo a las Entidades de Control, a la Mesa Nacional de Víctimas y a los acompañantes del proceso de seguimiento a la sentencia T-025 de 2004, todos invitados a participar en la sesión técnica, tal como se desprende del auto 206 de este año, para que al momento de emitir el concepto requerido también se pronuncien respecto de la razonabilidad y proporcionalidad de la medida solicitada, o adviertan de otros mecanismos que puedan contribuir de mejor manera a superar la compleja situación descrita en la petición que dio origen a este trámite.

 

Tercero.- ORDENAR a las Directoras Generales de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado presentar todos los documentos que sustentan su solicitud y un plan de trabajo serio y concreto encaminado a  superar la problemática descrita en la misma, en un plazo de cinco (5) días, contados a partir de la comunicación del presente auto.  De los documentos que se alleguen se deberá CORRER TRASLADO, a través de la Secretaría General de esta Corporación, a las Entidades de Control, a la Mesa Nacional de Víctimas y a los acompañantes del proceso de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, para los efectos pertinentes.

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

Magistrado Presidente

Sala Especial de Seguimiento T-025 de 2004

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ

Secretaria