A446-17


Auto 446/17

 

DEBIDO PROCESO-Agilidad en reconstrucción de expediente 

 

 

Referencia: Reconstrucción del Expediente T.2.471.216 (Exp. T-2.587.255 y acumulados)

 

Acción de tutela instaurada por Gladys María Montes Montiel, Naver Emelson Garrido Martínez y Rodrigo Antonio López Villegas contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR Telecom) y la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (CAPRECOM).

 

Magistrado Ponente:

CARLOS BERNAL PULIDO

 

 

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de agosto de dos mil diecisiete (2017)

 

 

La Sala Plena en el asunto de la referencia, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, y,

 

CONSIDERANDO

 

1.                 Que luego de expedirse la sentencia SU-377 de 2014[1], mediante la cual se revisó, entre otros, el expediente T.2.471.216, la Secretaría General de esta Corporación profirió el oficio A-853 del 23 de septiembre de 2014, con el fin de comunicarle al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería[2] la decisión contenida en la sentencia, así como para remitirle el expediente respectivo[3].

 

2.                 Que para dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría General hizo entrega del oficio y del expediente a la Coordinación Administrativa, dependencia encargada en esta Corporación de los trámites para el envío de correspondencia.

 

3.                 Que con ocasión de la solicitud de nulidad de la sentencia SU-377 de 2014 presentada por el Ministerio de Tecnologías de la Información, la Secretaría General de la Corte solicitó el 30 de septiembre de 2014 a los despachos judiciales de primera instancia, certificación sobre la fecha de notificación del fallo mencionado.

 

4.                 Que solo hasta el 12 de mayo de 2015, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería informó a la Secretaría General, mediante oficio No. 1106, no haber recibido de parte de esta Corporación la comunicación de la sentencia, ni el expediente de tutela T.2.471.216.

 

5.                 Que enterada de esta situación, la Secretaría General realizó las averiguaciones del caso[4] ante la Coordinación Administrativa, la empresa de correos Servicios Postales Nacionales S.A. y los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255.

 

6.                 Que mediante oficio No. DSG-060/16 del 22 de abril de 2016 la Secretaría General informó a la Presidencia de la Corte Constitucional, que tras agotar todas las gestiones posibles en la búsqueda del expediente T-2.471.216, no fue posible su ubicación. En consecuencia, solicitó a la Sala Plena disponer lo necesario para proceder a la reconstrucción del expediente, así como ordenar ante las autoridades competentes las investigaciones del caso.

 

7.                 Que en razón de lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional mediante auto del 13 de julio de 2016, dispuso la reconstrucción del expediente de tutela radicado bajo el número T.2.471.216, ordenando la incorporación de las piezas procesales que reposaran en la Corporación. Asimismo, ordenó oficiar a los despachos judiciales que conocieron de la referida tutela en primera y segunda instancia[5] para que remitieran copia íntegra del expediente. Finalmente, ordenó compulsar copias con destino a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría General de la Nación para que adelantaran las investigaciones propias de su competencia.

 

8.                 Que tras sucesivos y reiterados autos proferidos por esta Corte[6] en procura del cumplimiento de la providencia del 13 de julio de 2016, así como de los oficios emitidos para el efecto por parte de la Secretaría General[7], a la fecha se han logrado recopilar las piezas procesales necesarias y suficientes para declarar la reconstrucción del expediente de tutela T.2.471.216.

 

Con base en la anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional

 

RESUELVE

 

 

Primero.- DECLARAR reconstruido el expediente de tutela T.2.471.216 en seis (6) cuadernos, contentivos de las siguientes piezas procesales:

 

Cuaderno No. 1 – Trámite de primera instancia:

 

Piezas Procesales

Folios

Acción de tutela No. 2009-0069 presentada el 27 de abril de 2009 por Gladys María Montes Montiel y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR Telecom) y la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (CAPRECOM).

1 al 18

Oficio No. 0477 del 30 de abril de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería comunica al PAR Telecom sobre la admisión de la tutela.

19

Escrito de solicitud de ampliación del término de contestación de la tutela presentado el 6 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR Telecom.

20 al 34

Escrito de contestación de la tutela presentado el 7 de mayo de 2009 por el Coordinador de la División Administradora de Prestaciones Económicas de CAPRECOM.

35 al 50

Escrito de contestación de la tutela presentado el 11 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR Telecom.

51 al 681

Escrito de solicitud de vigilancia judicial administrativa presentado el 11 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR Telecom, con destino a la Coordinación de la Procuraduría Judicial de la Seccional Córdoba.

682 al 686

Sentencia de primera instancia del 14 de mayo de 2009 proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

687 al 707

Constancia de notificación por edicto del fallo de tutela del 22 de mayo de 2009.

708

Auto del 26 de mayo de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, por medio del cual se concede el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de los accionantes en contra del fallo de tutela del 14 de mayo de 2009.

709

Oficio No. 0708 del 26 de mayo de 2009 por medio del cual se remite el expediente a la Oficina Judicial de Montería -reparto- para efectos de dar trámite al recurso de apelación.

710

Auto del 27 de mayo de 2009 proferido por sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba, por medio del cual se pronuncia sobre la solicitud de vigilancia judicial administrativa presentada el 11 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR Telecom.

711 al 715

 

Cuaderno No. 2 – Trámite de segunda instancia:

 

Piezas Procesales

Folios

Sentencia de segunda instancia del 16 de julio de 2009 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería.

1 al 19

Escrito de solicitud de aclaración y complementación del fallo de segunda instancia presentado el 21 de julio de 2009 por el apoderado del PAR Telecom.

20 al 22

Auto No. 169 del 30 de julio de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual se resuelve solicitud de aclaración y complementación del fallo de segunda instancia.

23 al 26

 

Cuaderno No. 3 – Trámite de incidente de desacato:

 

Piezas Procesales

Folios

Carátula oficial de la Rama Judicial en el que se identifica bajo el No. 2009-0069 el incidente de desacato. 

1

Escrito de solicitud de apertura de incidente de desacato presentado el 28 de julio de 2009 por el apoderado de los accionantes ante el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

2

Auto del 18 de agosto de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería por medio del cual se admite el incidente de desacato presentado por el apoderado de los accionantes.

3 al 4

Oficio No. 1144 del 18 de agosto de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería comunica al PAR Telecom sobre la admisión del incidente de desacato.

5

Escrito del 24 de agosto de 2009 por medio del cual el Coordinador de Tutelas del PAR Telecom ofrece al apoderado de los accionantes un plan de pensión anticipada para sus representados en cumplimiento del fallo de tutela del 16 de julio de 2009.

6

Escrito del el 24 de agosto de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom  contesta el incidente de desacato presentado por el apoderado de los accionantes.

7 al 28

Escrito del 27 de agosto de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom da alcance y complementación a la contestación del incidente de desacato.

29 al 153

Auto del 4 de septiembre de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería por medio del cual se resuelve el incidente de desacato interpuesto por el apoderado de los accionantes.

154 al 162

Oficios No. 1243 al 1262 del 4 de septiembre de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería comunica al PAR Telecom y a los accionantes la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

163 al 182

Escrito del 25 de septiembre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la suspensión de los efectos del fallo de segunda instancia.

183 al 193

 

Cuaderno No. 4 – Trámite de consulta de la sanción impuesta por desacato:

 

Piezas Procesales

Folios

Carátula oficial de la Rama Judicial en el que se identifica bajo el No. 2009-0069 el grado jurisdiccional de consulta de la decisión adoptada en el incidente de desacato.

1

Acta individual de reparto del 17 de septiembre de 2009 en la cual consta la asignación del trámite del grado jurisdiccional de consulta de la decisión adoptada en el incidente de desacato a la magistrada Cristina Ojeda Yepes.

2

Informe secretarial del 21 de septiembre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite el expediente a la magistrada Cristina Ojeda Yepes, designada como ponente para revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

3

Auto del 23 de septiembre de 2009 por medio del cual la magistrada Cristina Ojeda Yepes se declara impedida para revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

4 al 5

Oficio No. 1658 del 25 de septiembre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería comunica a la Procuraduría Judicial 37 de Montería la necesidad de realizar sorteo para el nombramiento de conjueces, a efectos integrar la Sala de Decisión que revise en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

6

Acta del 6 de octubre de 2009 en la cual consta el sorteo efectuado por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería para seleccionar los conjueces destinados a integrar la Sala de Decisión encargada de revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

7

Oficios No. 1764 al 1766 del 9 de octubre de 2009 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería informa a los conjueces sobre su designación.

8 al 10

Actas del 13 de octubre de 2009 en las cuales consta la posesión de los conjueces designados para integrar la Sala de Decisión encargada de revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. 

11 al 13

Informe secretarial del 13 de octubre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite el expediente al conjuez Eduardo José Altamiranda, designado como ponente para revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

14

Escrito del el 16 de octubre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la revocatoria de la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

15 al 128

Auto del 19 de octubre de 2009 proferido por los conjueces de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual se aceptan los impedimentos manifestados por los magistrados Cristina Ojeda Yepes, Víctor Ramón Diz y Manuel Fidencio Torres.

129 al 130

Oficios No. 1513 al 1515 del 19 de octubre de 2009 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería comunica a las partes el auto del 19 de octubre de 2009.

131 al 133

Auto del 22 de octubre de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual se revisa en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

134 al 136

Oficios No. 1830 al 1832 del 23 de octubre de 2009 por medio de los cuales la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería notifica a las partes el auto del 22 de octubre de 2009.

137 al 139

Escrito del 26 de octubre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la revisión del auto que decidió en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

140 al 146

Informe secretarial del 27 de octubre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite a los conjueces de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería el escrito presentado por el apoderado del PAR Telecom.

147

Poderes para revocar el mandato al abogado Camilo Torres Becerra y para continuar con el trámite de consulta de la sanción por desacato, otorgados a la accionante Nataly Victoria Mejía Geovo el 30 de noviembre de 2009 por parte de los accionantes Gladys María Montes Montiel, Remberto Ballestas Mendoza, Iván Manuel Castillo Salgado, Ariel de Jesús Carmona Carazo, Eduardo Tordecilla, Benjamín Corrales Benítez, Neftaly Zapata Suárez, Lisipo Segundo Puche Olivero y Hugo Enrique Cordero Vega.  

148 al 165

Escrito del 30 de noviembre de 2009 por medio del cual la señora Nataly Victoria Mejía Geovo, en nombre propio y en representación de los demás accionantes, informa al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería sobre la decisión de revocar el poder a su apoderado de confianza, Dr. Camilo Torres Becerra y reitera la necesidad de dar cumplimiento al fallo de tutela del 16 de julio de 2009.

166 al 169

Informe secretarial del 1 de diciembre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite a los conjueces de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería el escrito presentado por la señora Nataly Victoria Mejía Geovo.

170

Auto del 18 de diciembre de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual dejó sin efectos la providencia que revisó en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato.

171 al 173

Escrito del 12 de enero de 2010 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom informó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería la selección para revisión por parte de la Corte Constitucional de la tutela T-2.471.216.

174 al 177

Oficios Nos. 24 del 14 de enero de 2010 y No. 57 del 21 de enero de 2010 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería comunica a las partes lo decidido en el auto del 18 de diciembre de 2009.

178 al 179

Oficio No. 71 del 27 de enero de 2010 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería en razón a encontrarse agotado el trámite de consulta.

180

 

Cuaderno No. 5 - Trámite de actuaciones en sede de revisión:

 

Piezas Procesales

Folios

Auto del 9 de diciembre de 2009 proferido por la Sala de Selección No. 12 de la Corte Constitucional por medio del cual se decidió la selección para revisión del fallo de tutela correspondiente al  expediente T.2.471.216, accionante: Gladys María Montes Montiel y otros.

1 al 5

Constancia secretarial del 18 de diciembre de 2009 por medio de la cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó sobre la notificación por estado del auto del 9 de diciembre de 2009.

6

Auto del 7 de abril de 2010 proferido por la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional por medio del cual se resolvió acumular, entre otros, el expediente T.2.471.216, con el fin de ser fallados en una misma sentencia.

7 al 9

Auto del 7 de mayo de 2010 proferido por la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional por medio del cual se ordenó oficiar al PAR Telecom para que se pronunciará sobre algunos aspectos relacionados con los hechos de las tutelas.

10 al 12

Auto del 24 de mayo de 2010 proferido por el despacho del magistrado ponente Mauricio González Cuervo por medio del cual se remitieron al despacho de la magistrada María Victoria Calle, entre otros, el expediente T.2.471.216 acumulado, con el fin de continuar con el trámite correspondiente en sede de revisión.

13 al 14

Auto No. 241 del 14 de julio de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se ordenó la suspensión del cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias de instancia de algunas de los procesos acumulados con el expediente T.2.471.216.

15 al 38

Auto No. 287 del 17 de agosto de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazaron por improcedentes los recursos de reposición y suplica interpuestos en contra del auto No. 241 del 14 de julio de 2010.

39 al 50

Auto del 26 de agosto de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

51 al 52

Auto del 9 de septiembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

53

Auto No. 325 del 29 de septiembre de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazó por improcedente una solicitud de aclaración del auto No. 241 del 14 de julio de 2010.

54 al 58

Auto No. 334 del 12 de octubre de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazó por improcedente una nueva solicitud de aclaración del auto No. 241 del 14 de julio de 2010.

59 al 63

Auto del 25 de octubre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

64

Autos del 25 de noviembre de 2010 proferidos por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio de los cuales autorizó la expedición de copias.

65 al 66

Auto del 26 de noviembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual se decretó la práctica de pruebas, entre otros, en el expediente T.2.471.216 acumulado.

67 al 76

Auto del 30 de noviembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

77

Auto del 6 de diciembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

78

Auto del 16 de diciembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual se amplió el término probatorio inicialmente concedido en el auto del 26 de noviembre de 2010.

79 al 80

Auto del 2 de febrero de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual se resolvió acumular el expediente T.2.871.322, entre otros, al expediente T.2.471.216 acumulado.

81

Oficios del 2 de febrero de 2011 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional informó a la magistrada ponente María Victoria Calle sobre el cumplimiento a lo ordenado en auto del 2 de febrero de 2011.

82 al 83

Auto del 25 de abril de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual solicitó al PAR Telecom información adicional relacionada, entre otros, con el expediente T.2.471.216 acumulado.

84 al 88

Auto del 6 de mayo de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

89

Autos del 18 de mayo de 2011 proferidos por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio de los cuales autorizó la expedición de copias.

90 al 91

Auto No. 105 del 25 de mayo de 2011 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se ordenó la suspensión del cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias de instancia, entre otros, en el expediente T.2.471.216 acumulado.

92 al 105

Auto del 28 de julio de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

106

Auto del 24 de agosto de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

107

Auto del 16 de septiembre de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

108

Auto del 18 de octubre de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

109

Auto No. 282 del 14 de diciembre de 2011 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazaron por improcedentes las recusaciones formuladas por unas de las accionantes en contra del magistrado Mauricio González Cuervo.

110 al 114

Auto del 14 de marzo de 2012 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

115

Autos del 9 de abril de 2013 proferidos por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio de los cuales ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

116 al 117

Auto del 17 de mayo de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

118

Auto del 21 de junio de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual solicitó al PAR Telecom pronunciarse sobre la suspensión del pago de unas mesadas pensionales de unas personas no involucradas en el trámite de revisión.

119 al 120

Auto del 15 de julio de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

121

Auto del 2 de septiembre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

122

Auto del 23 de septiembre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

123

Auto del 17 de octubre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

124

Constancia secretarial del 28 de noviembre de 2013 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó a la Sala Plena sobre el registro por parte de la magistrada ponente María Victoria Calle, del proyecto de fallo dentro del proceso T-2.587.255, expediente al que se encuentra acumulado, entre otros, el expediente T.2.471.216.

125

Auto del 15 de enero de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

126

Sentencia SU-377 del 12 de junio de 2014 proferida en el trámite de revisión del expediente T-2.587.255, expediente al que se encuentra acumulado, entre otros, el expediente T.2.471.216.

127 al 340

Auto del 30 de julio de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial.

341

Auto del 26 de agosto de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual autorizó una expedición de copias.

342

Oficios No. 849 al 899 del 23 de septiembre de 2014 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional comunicó a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, que la Sala Plena de la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, profirió el día 12 de junio de 2014, la sentencia SU-377 de 2014.

343 al 442

Oficio No. 1375 del 30 de septiembre de 2014 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería certificar la fecha en la que fue notificada la sentencia SU-377 de 2014.

443 al 444

Oficio No. 1106 del 5 de mayo de 2015 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería respondió la solicitud elevada por la Secretaría General de la Corte Constitucional mediante oficio No. 1375 del 30 de septiembre de 2014.

445

Auto No. 503 del 22 de octubre de 2015 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual aclaró y corrigió errores mecanográficos en la  Sentencia SU-377 del 12 de junio de 2014.

446 al 458

Oficio No. A-3605 del 3 de noviembre de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional comunicó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería lo resuelto en el auto No. 503 del 22 de octubre de 2015.

459 al 460

 

Cuaderno No. 6 – Trámite de reconstrucción del expediente:

 

Piezas Procesales

Folios

Oficio No. A-2036 del 6 de julio de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional advirtió a la Coordinación Administrativa sobre el extravío del expediente T-2.471.216, requiriéndole en consecuencia, informe sobre las actuaciones realizadas por sus funcionarios al momento del envío de dicho expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

1 al 2

Informe del 6 de julio de 2015 presentado por el señor Camilo Andrés Quimbay González, funcionario adscrito a la Coordinación Administrativa de la Corte Constitucional, mediante el cual informó a la Secretaría General que a pesar de la búsqueda exhaustiva del expediente T-2.471.216, no se encontró que el expediente se haya enviado al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

3 al 37

Oficio No. A-2047 del 9 de julio de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería información relacionada con el expediente T-2.471.216.

38 al 39

Oficio del 17 de julio de 2015 por medio del cual la Coordinación Administrativa de la Corte Constitucional remitió nuevamente a la Secretaría General el informe presentado por el funcionario Camilo Andrés Quimbay González.  

40 al 42

Oficios No. A-2094 al A-2097 y 2100 al 2145 del 21 de julio de 2015 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T-2.471.216.   

43 al 91

Oficios del mes de julio y agosto de 2015 por medio de los cuales los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a la Secretaría General de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014.

92 al 131

Oficios No. A-2972 al A-2999 del 3 de septiembre de 2015 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional requirió por primera vez a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T-2.471.216.

132 al 164

Oficios del mes de septiembre y octubre de 2015 por medio de los cuales los despachos judiciales requeridos por primera vez, que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a la Secretaría General de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014.

165 al 195

Oficios No. A-3759 al A-3764 del 20 de noviembre de 2015 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional requirió por segunda vez a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T-2.471.216.

196 al 204

Oficios del mes de diciembre de 2015 y enero de 2016 por medio de los cuales los despachos judiciales requeridos por segunda vez, que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a la Secretaría General de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014.

205 al 217

Acta de inspección judicial al proceso de tutela No. 2009-0069, practicada el 10 de diciembre de 2015 por la Fiscalía General de la Nación en las instalaciones del Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

218 al 220

Oficios No. A-622 al A-627 del 8 de febrero de 2016 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional requirió por tercera vez a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T-2.471.216.

221 al 226

Oficio No. A-708 del 16 de febrero de 2016 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó a la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 información relacionada con el envío del expediente T-2.471.216 al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

227 al 228

Oficio No. PQR-SC-0679/16 del 22 de febrero de 2016 por medio del cual la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 respondió la solicitud elevada por la Secretaría General de la Corte Constitucional mediante oficio No. A-708 del 16 de febrero de 2016.

229

Oficios del mes de marzo de 2016 por medio de los cuales los despachos judiciales requeridos por tercera vez, que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a la Secretaría General de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014.

230 al 234

Oficio No. A-772 del 2 de marzo de 2016 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó nuevamente a la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 información relacionada con el envío del expediente T-2.471.216 al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería.

235 al 241

Oficio del 29 de marzo de 2016 por medio del cual se informó a la Secretaría General el arribo a la Corte Constitucional de la respuesta otorgada por el Juzgado Promiscuo de Ayapel (Córdoba) a las solicitudes realizadas mediante los oficios A-622 y A-623 del 8 de febrero de 2016.

242 al 246

Oficio No. PQR-SC-1188/16 del 11 de abril de 2016 por medio del cual la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 respondió la solicitud elevada por la Secretaría General de la Corte Constitucional mediante oficio No. A-772 del 2 de marzo de 2016.

247 al 248

Oficio del 13 de abril de 2016 por medio del cual se informó a la Secretaría General el arribo a la Corte Constitucional de las comunicaciones de la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 en las que señaló que luego de realizar el rastreo de la pieza postal, no fue posible ubicar el expediente T-2.471.216.

249 al 254

Oficio No. DSG-060/16 del 22 de abril de 2016 por medio del cual la Secretaría General informó a la Presidencia de la Corte Constitucional, que tras agotar todas las gestiones posibles en la búsqueda del expediente T-2.471.216, no fue posible su ubicación. En consecuencia, solicitó a la Sala Plena disponer lo necesario para proceder a la reconstrucción del expediente, así como ordenar las investigaciones del caso. Adjunto a la comunicación, remitió el informe elaborado por la oficial mayor Mónica Poveda, funcionaria adscrita a dicha dependencia, en el cual constan todas las diligencias secretariales llevadas a cabo en la búsqueda del expediente. 

255 al 264

Oficio No. PQR-SC-1479/16 del 29 de abril de 2016 por medio del cual la Empresa de Servicios Postales Nacionales 4/72 informó sobre el cierre y archivo de la solicitud elevada por la Secretaría General de la Corte Constitucional destinada a la búsqueda del expediente T-2.471.216.

265 al 266

Auto del 13 de julio de 2016 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual ordenó la reconstrucción del expediente T-2.471.216, el requerimiento al juez de primera instancia del envío de la copia completa del expediente No. 2009-0069 y la compulsa de copias al Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría General de la Nación para iniciar las investigaciones del caso.

267 al 270

Oficios No. A-1816 al 1819 del 2016 del 18 de julio de 2016 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional dio cumplimiento a lo dispuesto por la Sala Plena en auto del 13 de julio de 2016.

271 al 274

Oficio No. 2118 del 26 de julio de 2016 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería remitió a la Corte Constitucional copia de los cuadernos de tutela y del incidente de desacato en cumplimiento a lo solicitado por la Secretaría General mediante oficio No. A-627/2016.

275

Oficio del 28 de julio de 2016 por medio del cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería allegó a la Secretaría General de la Corte Constitucional lo solicitado a través del  oficio No. A-1817/2016.

276 al 278

Oficio del 8 de agosto de 2016 por medio del cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería allegó a la Secretaría General de la Corte Constitucional lo solicitado a través del  oficio No. A-1817/2016.

279 al 281

Oficio del 19 de agosto de 2016 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho de la magistrada María Victoria Calle los resultados obtenidos tras el cumplimiento del auto proferido por la Sala Plena el 13 de julio de 2016.

282 al 288

Oficio No. SJ-RYGG-38172 del 26 de septiembre de 2016 por medio del cual la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en respuesta a lo solicitado por la Secretaría General de la Corte Constitucional mediante oficio No. A-1818/2016, informó sobre la remisión por competencia de las diligencias a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba.

289

Oficio del 27 de septiembre de 2016 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho de la magistrada María Victoria Calle la respuesta otorgada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al oficio No. A-1818/2016.

290

Oficio del 30 de noviembre de 2016 por medio del cual la magistrada María Victoria Calle remitió a la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa las diligencias relacionadas con la investigación de servidores públicos respecto de la pérdida del expediente T-2.471.216.

291 al 294

Oficio No. SJ-RYGG-44668 del 27 de octubre de 2016 por medio del cual la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura reiteró a la Corte Constitucional no asistirle competencia para adelantar la investigación de los funcionarios de la Corporación involucrados en el extravío del expediente T-2.471.216.

295

Oficio No. SJ-JAGA-8451 del 29 de marzo de 2017 por medio del cual la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura solicitó a la Corte Constitucional documentación relacionada con la investigación de los funcionarios de la Corporación involucrados en el extravío del expediente T-2.471.216.

296

Oficio del 31 de marzo de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho de la magistrada María Victoria Calle la solicitud efectuada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante oficio No. SJ-JAGA-8451.

297

Auto del 24 de marzo de 2017 proferido por la magistrada María Victoria Calle por medio del cual ordenó a la Secretaría General requerir a los despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia el proceso No. 2009-0069 la remisión de unas piezas procesales necesarias para la reconstrucción del expediente T-2.471.216, así como el desglose de una documentación remitida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería perteneciente a otro proceso de tutela.  

298 al 302

Constancia secretarial del 28 de marzo de 2017 en la que consta el desglose efectuado por la Secretaría General de la Corte Constitucional en cumplimiento a lo ordenado por la magistrada María Victoria Calle en auto del 24 de marzo de 2017.     

303

Oficios No. A-603 al A-607 del 28 de marzo de 2017 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional dio cumplimiento a lo dispuesto por la magistrada María Victoria Calle en auto del 24 de marzo de 2017.

304 al 308

Oficio No. 2017-5240-005399-2 del 29 de marzo de 2017 por medio del cual el apoderado especial del PAR Caprecom allegó a la Secretaría General de la Corte Constitucional lo solicitado a través del oficio No. A-607/2017.

309 al 311

Oficio del 2 de mayo de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho de la magistrada María Victoria Calle los resultados obtenidos tras el cumplimiento del auto del 24 de marzo de 2017.

312

Oficio No. PARDS-3167-2017 del 2 de mayo de 2017 por medio del cual la Gerencia del PAR Telecom respondió a la Secretaría General de la Corte Constitucional el oficio No. A-606/2017.

313 al 314

Oficio del 3 de mayo de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional remitió al despacho del magistrado (e) Hernán Correa Cardozo la documentación allegada por el PAR Telecom en respuesta al oficio No. A-606/2017.

315

Auto del 15 de mayo de 2017 proferido por el magistrado (e) Hernán Correa Cardozo mediante el cual ordenó a la Secretaría General remitir la documentación solicitada por la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante oficio No. SJ-JAGA-8451 del 29 de marzo de 2017.

316

Oficio No. A-1067 del 19 de mayo de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional dio cumplimiento a lo dispuesto por el magistrado (e) Hernán Correa Cardozo en auto del 15 de mayo de 2017.

317

Oficio del 22 de mayo de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho del magistrado Carlos Bernal Pulido el cumplimiento del auto del 15 de mayo de 2017.

318

Oficio No. SJ.LMRC-15992 del 8 de junio de 2017 por medio del cual la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura informó sobre la remisión por competencia a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba de la documentación enviada por la Secretaría General de la Corte Constitucional mediante oficio No. A-1067/2017.

319

Oficio del 9 de junio de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional remitió al despacho del magistrado Carlos Bernal Pulido la respuesta otorgada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al oficio No. A-1067/2017.

320

Auto del 1 de junio de 2017 proferido por el magistrado Carlos Bernal Pulido por medio del cual ordenó a la Secretaría General requerir a los despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia el proceso No. 2009-0069 la remisión de unas piezas procesales necesarias para la reconstrucción del expediente T-2.471.216.

321 al 322

Oficios No. A-981 al A-982 del 6 de junio de 2017 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional dio cumplimiento a lo dispuesto por el magistrado Carlos Bernal Pulido en auto del 1 de junio de 2017.

323 al 324

Constancia secretarial del 7 de junio de 2017 en la que consta la notificación por estado del auto del 1 de junio de 2017 proferido por el magistrado Carlos Bernal Pulido.     

325

Oficio del 23 de junio de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó al despacho del magistrado Carlos Bernal Pulido los resultados obtenidos tras el cumplimiento del auto del 1 de junio de 2017.

326

Oficio No. 4109 del 5 de julio de 2017 por medio del cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería allegó a la Secretaría General de la Corte Constitucional lo solicitado a través del  oficio No. A-982/2017.

327 al 340

Oficio del 11 de julio de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional remitió al despacho del magistrado Carlos Bernal Pulido la respuesta otorgada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería al oficio No. A-982/2017.

341

Oficio No. 1347 del 18 de abril de 2017, recibido en la Corte Constitucional el 18 de julio de 2017, por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería allegó a la Secretaría General de la Corte Constitucional lo solicitado a través del  oficio No. A-603/2017.

342

Oficio del 18 de julio de 2017 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional remitió al despacho del magistrado Carlos Bernal Pulido la respuesta otorgada por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería al oficio No. A-603/2017.

343

 

Segundo.- Por Secretaría General REMÍTANSE los cuadernos uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y cinco (5) al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería para los fines a que haya lugar de conformidad con sus competencias.

 

Tercero.- Por Secretaría General, MANTÉNGASE a disposición de esta Corporación el cuaderno seis (6) del expediente, contentivo del trámite de reconstrucción, con el fin de atender los requerimientos en los procesos adelantados por el Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba y por la Procuraduría General de la Nación, por los hechos relacionados con el extravío del referido expediente.

 

Cuarto.- Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, el contenido de esta decisión.  

 

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ

Presidente

 

 

 

CARLOS BERNAL PULIDO

Magistrado

 

 

 

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

 

 

 

IVÁN HUMBERTO ESCRUCERIA MAYOLO

Magistrado (e)

 

 

 

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Magistrado

 

 

 

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

Magistrado

 

 

 

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

 

 

 

GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO

Magistrada

 

 

 

ALBERTO ROJAS RÍOS

Magistrado

 

 

 

ROCÍO LOAIZA MILIÁN

Secretaria General (e)

 

 

 

 

 

 



[1] La sentencia SU-377 de 2014 revisó 29 acciones de tutela interpuestas por 608 accionantes, la cuales fueron acumuladas al expediente T-2.587.255.

[2] Este despacho judicial conoció en primera instancia la acción de tutela de la referencia.

[3]El expediente T.2.471.216 constaba de seis (6) cuadernos, contentivos de mil setecientos cincuenta y un (1751) folios.

[4] En el informe elaborado por la oficial mayor Mónica Poveda, funcionaria adscrita a la Secretaría General de la Corte Constitucional, constan todas las diligencias secretariales llevadas a cabo por dicha dependencia en la búsqueda del expediente de tutela T.2.471.216. El informe fue remitido por la Secretaria General a la Presidencia de la Corte Constitucional mediante oficio No. DSG-060/16 del 22 de abril de 2016.

[5] Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería y Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala Penal.

[6] Autos del 24 de marzo y del 1° de junio de 2017.

[7] Oficios A-1816 al A-1819 del 18 de julio de 2016, A-603 al A-607 del 28 de marzo de 2017 y A-981 al A-982 del 6 de junio de 2017.