A516-17


Auto 516/17

 

Referencia: Expediente T-6.188.055

 

Demandante: Martha Liliana Ortiz Jaimes

 

Demandados: Caja de Compensación Familiar – Comfenalco – Santander

 

 

Bogotá, D.C., tres (3) de octubre de dos mil diecisiete (2017).

 

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, especialmente las dispuestas en el artículo 61 del Acuerdo 2 de 2015 y,

 

CONSIDERANDO

 

1.                Que, en Sesión de 24 de agosto de 2017 y mediante auto de la misma fecha, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió asumir, para efectos de unificación jurisprudencial, el conocimiento del expediente T-6.188.055.

 

2.                Que, el 3 de octubre de 2017, el Magistrado Sustanciador informó a la Sala Plena acerca de las pruebas recientemente allegadas al expediente que dan cuenta de la carencia actual de objeto por hecho superado.

 

3.                Que, en Sesión de hoy, 3 de octubre de 2017, la Sala Plena decidió poner el expediente de la referencia a disposición de la Sala Primera de Revisión para que continúe con el presente trámite, habida cuenta del informe referido en el anterior párrafo. 

 

RESUELVE

 

 

Primero.- PONER el expediente T-6.188.055 a disposición de la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, de acuerdo con la decisión adoptada en sesión de hoy, 3 de octubre de 2017.

 

Segundo.- En consecuencia, LEVANTAR LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS inserta en el auto de 24 de agosto de 2017.

 

Comuníquese y cúmplase,

 

 

 

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ

Presidente

 

 

 

CARLOS BERNAL PULIDO

Magistrado

 

 

 

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

 

 

 

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Magistrado

 

 

 

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

Magistrado

 

 

 

GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO

Magistrada

 

 

 

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

 

 

 

JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS

Magistrado

 

 

 

ALBERTO ROJAS RÍOS

Magistrado

 

 

 

ROCÍO LOAIZA MILIÁN

Secretaria General (e)