A442-18


Auto 442/18

 

 

Referencia: Expediente D-12324 y D-12328

 

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 33 de la Ley 136 de 1994

Magistrada Sustanciadora:

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

 

 

Bogotá D.C., once (11) de julio de dos mil dieciocho (2018)

 

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, profiere el presente Auto con fundamento en las siguientes

 

CONSIDERACIONES

 

1. Mediante Auto del seis (6) de octubre de 2017 la Magistrada ponente admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por los ciudadanos Yolanda Salgado Blanco, Christian Camilo Burbano Plaza y John Jairo Bohórquez Anacona, quienes demandaron separadamente la inconstitucionalidad del artículo 33 de la Ley 136 de 1994. En sesión del 20 de septiembre de 2017, la Sala Plena de esta Corporación resolvió acumularlos para que fueran tramitados conjuntamente y radicarlos con los números D-12324 y D-12328, respectivamente.

 

Consecuentemente, además de dicha admisión, en dicha providencia la Corte dispuso: (i) la fijación en lista de las normas acusadas por el término de diez (10) días (numeral segundo); (ii) la comunicación al Presidente de la República y al Congreso de la República  (numeral tercero), (iii) la invitación al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministerio de Minas y Energía, al Departamento Nacional de Planeación, a la Agencia Nacional de Minería, a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a la Asociación Colombiana de Minería, a la Federación Colombiana de Municipios, a la Asociación Colectivo Derechos, Diversidad y Selvas (DEDISE), a la ANDI, a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana, a las Facultades de Derecho y Economía de la Universidad de Los Andes; a la Universidad de Medellín, Externado de Colombia, Pontificia Universidad Javeriana (sede Bogotá), del Rosario, Sergio Arboleda (sede Bogotá), y del Norte, Instituto Humboldt, al Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo –Cider-, al Centro de Estudios de Derecho Justicia y Sociedad Dejusticia, a la organización Viva la Ciudadanía, al Centro de Investigación y Educación Popular- CINEP, a la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), para su intervención dentro del término de fijación en lista (numeral cuarto) y (iv) el traslado de ley al Procurador General de la Nación (numeral quinto).

 

2. Posteriormente, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Plena de la Corte en el numeral segundo del Auto 305 de 2017 se suspendieron los términos del presente proceso.

 

3. Para la presente fecha la Corte considera plausible levantar la suspensión de términos dispuesta para este proceso y continuar con el trámite en que se encontraba en el momento de la suspensión. En consecuencia, deberá darse cumplimiento a los numerales segundo y numerales siguientes del Auto del seis (6) de octubre de 2017.

 

Por lo anteriormente expuesto la Sala Plena de la Corte Constitucional

 

RESUELVE:

 

 

PRIMERO.- Levantar los términos de suspensión del proceso identificado con los números de expedientes D-12324 y D-12328 (acumulados), correspondiente a la demanda formulada contra el artículo 33 de la Ley 136 de 1994. En consecuencia, ejecutoriada esta decisión se contabilizarán nuevamente los términos a partir de la instancia procesal en la que se encontraban al momento de la suspensión.

 

SEGUNDO.- Ordenar a la Secretaría General de esta Corporación dar trámite al numeral segundo y numerales siguientes del Auto del seis (6) de octubre de dos mil diecisiete (2017), mediante el cual se admitió la demanda contra el artículo 33 de la Ley 136 de 1994.

 

Notifíquese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

 

 

 

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Presidente

 

 

 

            CARLOS BERNAL PULIDO                                                 DIANA FAJARDO RIVERA

       Magistrado                                                                         Magistrada

 

 

 

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ         ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

                  Magistrado                                                                      Magistrado

 

 

 

    GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO               CRISTINA PARDO SCHLESINGER                                 

                    Magistrada                                                                  Magistrada

 

 

 

JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS                                 ALBERTO ROJAS RÍOS                        

                        Magistrado                                                                         Magistrado

 

 

 

MARTHA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General