Corte Constitucional de Colombia

Bienvenidos! hoy es

AUTO ENERO 29 DE 2009

REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

CORTE CONSTITUCIONAL

 

SALA DE SELECCIÓN NÚMERO UNO

 

Bogotá, D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009)

 

Ref.: Selección y reparto de los expedientes de tutela cuyos fallos pasan a revisión de la Corte Constitucional.

 

Los magistrados designados por la Sala Plena de la Corte Constitucional para conformar la Sala de Selección Número Uno, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los artículos 86 y 241 numeral 9° de la Carta Política, 33 del Decreto 2591 de 1991 y 49 del Reglamento de la corporación, luego de estudiar las sentencias de tutela correspondientes a los expedientes números:

 

T-2.137.141 al T-2.142.850  

T-2.142.852 al T-2.143.223  

T-2.143.225 al T-2.144.687  

T-2.144.689 al T-2.147.703  

T-2.147.705 al T-2.147.824  

T-2.147.826 al T-2.151.341  

T-2.151.343 al T-2.151.350  

T-2.151.352 al T-2.152.252  

T-2.152.254 al T-2.154.420  

 

Así como las insistencias en la revisión de las sentencias de tutela correspondientes a los expedientes:

 

T-

2067073

T-

2103208

T-

2110742

T-

2122698

T-

2085733

T-

2104085

T-

2110840

T-

2123141

T-

2086427

T-

2104512

T-

2110898

T-

2123555

T-

2087725

T-

2104828

T-

2110937

T-

2123669

T-

2087726

T-

2105074

T-

2111761

T-

2123872

T-

2087775

T-

2105105

T-

2112362

T-

2125240

T-

2087962

T-

2105133

T-

2112723

T-

2125456

T-

2088470

T-

2106087

T-

2114792

T-

2125790

T-

2090521

T-

2106102

T-

2114794

T-

2128533

T-

2090674

T-

2106155

T-

2114821

T-

2128535

T-

2090731

T-

2106229

T-

2115700

T-

2128542

T-

2093387

T-

2106260

T-

2117290

T-

2128549

T-

2093396

T-

2107617

T-

2118006

T-

2132033

T-

2093511

T-

2107618

T-

2118814

T-

2132204

T-

2095631

T-

2108496

T-

2119462

T-

2135818

T-

2095636

T-

2109035

T-

2119576

T-

2136947

T-

2097348

T-

2109152

T-

2121070

T-

2136988

T-

2097603

T-

2109296

T-

2121107

T-

2137029

T-

2099774

T-

2110219

T-

2121903

 

T-

2100427

T-

2110691

T-

2122384

 

T-

2101460

T-

2110710

T-

2121420

 

 

R E S U E L V E

 

PRIMERO: ACEPTAR las insistencias para revisión de las sentencias de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:

 

T-2088470

T-2118006

T-2093387

T-2121107

T-2097348

T-2121420

T-2104085

T-2122698

T-2104512

T-2123669

T-2106102

T-2125456

T-2110710

T-2128549

T-2114792

T-2132204

 

SEGUNDO: NO ACEPTAR para la revisión, las insistencias sobre los fallos de tutela correspondientes a los expedientes estudiados por esta Sala en sesión celebrada el veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009) que no fueron mencionados expresamente en el numeral anterior.

 

TERCERO: SELECCIONAR para revisión los fallos de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:

 

T-

2088470

Aída Zulia Aluma Peña y otros.

T-

2093387

Procuraduría General de la Nación.

T-

2097348

Virgelina Espinosa Ramírez.

T-

2104085

Marco Fidel Vásquez Santana.

T-

2104512

Carlos Arturo Acosta Ortega.

T-

2106102

Sociedad Estela Marchant y Cia Ltda.

T-

2110710

Lyla Piedad Velosa Amature en representación de Fernando Velosa Amature

T-

2114792

Luís Alberto Cerquera Escobar

T-

2118006

Bertha Mabel Pérez Mejía

T-

2121107

Isabel Méndez Mantilla en representación de Héctor García Méndez

T-

2121420

Sociedad Empaques Catalina González Ltda.

T-

2122698

Fernando Cajiao Dussan.

T-

2123669

Gladys Rosalba Mayorga de Jimeno  

T-

2125456

Oscar Rico Calderón.

T-

2128549

Héctor Orozco Orozco.

T-

2132204

Beatriz de la Hoz de Solina.

T-

2137392

Alejandra Milena Vargas Rivera.

T-

2137925

Altagracia Paz Perlaza.

T-

2139030

José Joaquín Rua Pineda

T-

2139563

Isabel Rodríguez Bojaca

T-

2139757

José Erasmo Guarnizo Nieto

T-

2140335

Jorge Iván Álvarez Rodríguez.

T-

2140336

Rolando Incel Perea.

T-

2140927

Diego Ruiz Angulo.

T-

2141228

Rafael Calixto  Escalona Martínez

T-

2141913

Helen Hernández Holguín.

T-

2141928

Edna Julieth Bedoya Ayala.

T-

2144349

Luís Ricardo Uribe Rivero.

T-

2145981

María Angélica Arias Ayala.

T-

2146448

Leidy Johanna Torres.

T-

2146854

Sociedad Métodos y Sistemas S.A.

T-

2148398

Myriam Martínez de Pedreros.

T-

2148794

Ferney Sánchez Asprilla.

T-

2150213

Luís Alfonso Carrillo Patiño.

T-

2151739

María Noelia González Osorio.

T-

2152149

Eliécer Suescum García.

T-

2152583

Maximiliano Rondón Giraldo.

T-

2153207

José Cenen Madrigal Tique.

T-

2154285

 John Jaiver Torres Uribe.

 

CUARTO: EXCLUIR de revisión los fallos de tutela correspondientes a los expedientes estudiados por esta Sala en sesión celebrada el veintinueve (29) de enero de dos mil nueve (2009) que no fueron mencionados expresamente en el numeral anterior.

 

QUINTO: De acuerdo con el sorteo realizado en la sesión correspondiente, REPARTIR de la siguiente forma los expedientes seleccionados para revisión:

 

MAGISTRADO JAIME ARAÚJO RENTERÍA

 

T-

2104085

Marco Fidel Vásquez Santana.

T-

2123669

Gladys Rosalba Mayorga de Jimeno  

T-

2132204

Beatriz de la Hoz de Solina.

T-

2145981

María Angélica Arias Ayala.

 

MAGISTRADO  MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA

 

T-

2121107

Isabel Méndez Mantilla en representación de Héctor García Méndez.

T-

2125456

Oscar Rico Calderón.

T-

2140927

Diego Ruiz Angulo.

T-

2146448

Leidy Johanna Torres.

T-

2151739

María Noelia González Osorio.

 

MAGISTRADO  JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO

 

T-

2121420

Sociedad Empaques Catalina González Ltda.

T-

2128549

Héctor Orozco Orozco.

T-

2150213

Luís Alfonso Carrillo Patiño.

T-

2153207

José Cenen Madrigal Tique.

 

MAGISTRADO  RODRIGO ESCOBAR GIL

 

T-

2093387

Procuraduría General de la Nación.

T-

2097348

Virgelina Espinosa Ramírez.

T-

2139563

Isabel Rodríguez Bojacá

T-

2148398

Myriam Martínez de Pedreros.

 

MAGISTRADO  MARCO GERARDO MONROY CABRA

 

T-

2104512

Carlos Arturo Acosta Ortega.

T-

2122698

Fernando Cajiao Dussan.

T-

2137392

Alejandra Milena Vargas Rivera.

T-

2144349

Luís Ricardo Uribe Rivero.

T-

2148794

Ferney Sánchez Asprilla.

 

MAGISTRADO NILSON PINILLA PINILLA

 

T-

2088470

Aída Zulia Aluma Peña y otros.

T-

2106102

Sociedad Estela Marchant y Cia Ltda.

T-

2141913

Helen Hernández Holguín.

T-

2141928

Edna Julieth Bedoya Ayala.

T-

2154285

 John Jaiver Torres Uribe.

 

MAGISTRADO HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

 

T-

2118006

Bertha Mabel Pérez Mejía

T-

2146854

Sociedad Métodos y Sistemas S.A.

T-

2152149

Eliécer Suescum García.

 

 

MAGISTRADO  MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO

 

T-

2114792

Luís Alberto Cerquera Escobar

T-

2139030

José Joaquín Rua Pineda

T-

2139757

José Erasmo Guarnizo Nieto

T-

2152583

Maximiliano Rondón Giraldo.

 

MAGISTRADA  CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ

 

T-

2110710

Lyla Piedad Velosa Amature en representación de Fernando Velosa Amature

T-

2137925

Altagracia Paz Perlaza.

T-

2140335

Jorge Iván Álvarez Rodríguez.

T-

2140336

Rolando Incel Perea.

T-

2141228

Rafael Calixto  Escalona Martínez

 

SEXTO: ACUMULAR entre sí los expedientes T-2140335 y T-2140336 seleccionados y repartidos a la Magistrada Clara Inés Vargas Hernández, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

SÉPTIMO: ACUMULAR entre sí los expedientes T-2141913 y T-2141928 seleccionados y repartidos al Magistrado Nilson Pinilla Pinilla, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

OCTAVO: ACUMULAR entre sí los expedientes T-2104512 y T-2122698 seleccionados y repartidos al Magistrado Marco Gerardo Monroy Cabra, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.

 

NOVENO: ACUMULAR al expediente T-2043683 seleccionado por auto de octubre nueve (9) de dos mil ocho (2008) y repartido al Magistrado Manuel José Cepeda Espinosa, los expedientes T-2140927 y 2146448, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la Sala de Revisión.

 

DÉCIMO: ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que devuelva el expediente T-2125240 al despacho judicial de primera instancia, esto es, al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, toda vez que se advierte que éste no constituye un asunto de tutela nuevo que deba ser seleccionado sino que hace parte del expediente T-1706180, el cual fue excluido de revisión mediante Auto de la Sala de Selección Número Nueve de septiembre 27 de 2007. En esa medida, esta Sala carece de competencia para pronunciarse sobre solicitudes de nulidad en relación con decisiones que no ha proferido.

 

DÉCIMO PRIMERO: AUTORIZAR, a favor de Luis Álvaro Tinjaca Rodríguez, la expedición de copia formal y auténtica del Auto de la Sala de Selección Número Diez de octubre 22 de 2008, mediante el cual fue excluido de revisión el expediente T-2050261.

 

DÉCIMO SEGUNDO: AUTORIZAR, a favor de Humberto Mora Osejo, la expedición de copia formal y auténtica del Auto de la Sala de Selección Número Nueve de septiembre 9 de 2008, mediante el cual se decidió no aceptar la insistencia presentada del expediente T-1982561, así como la constancia se su notificación y ejecutoria. Asimismo, ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que emita una certificación al señor Mora Osejo donde consten todas las actuaciones realizadas por la Corte Constitucional en el expediente T-1982561.

 

DÉCIMO TERCERO: AUTORIZAR, a favor de Alfredo Chica Gutiérrez, la expedición de copia formal y auténtica del Auto de la Sala de Selección Número Doce de diciembre 9 de 2008, mediante el cual se excluyó de revisión el expediente T-2120654. Asimismo, ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que emita una certificación al señor Chica Gutiérrez donde conste que el expediente T-2120654 no fue seleccionado.

 

DÉCIMO CUARTO: AUTORIZAR, a favor de Bruno Plugisi Entralgo, la expedición de copia formal y auténtica del expediente T-2.146.080.

 

DÉCIMO QUINTO: Por Secretaría General de esta corporación, REMÍTASE copia de los expedientes T-2143883, T-2143884, T-2143885, T-2143886 T-2143887, T-2143888, T-2143889, T-2143890, T-2153437 y T-2112723 a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, con el fin de que este organismo decida lo pertinente acerca de la eventual responsabilidad en que hubiere podido incurrirse en razón de la mora en el envío de dichos procesos a la Corte Constitucional, fuera de los términos prescritos por los artículos 31 y 32 del Decreto 2591 de 1991.

 

DÉCIMO SEXTO: DISPONER que los fallos de tutela excluidos de revisión por esta Sala, junto con sus respectivos expedientes, sean enviados a los despachos judiciales de primera instancia. Proceda la Secretaría General de esta corporación al cumplimiento de lo aquí ordenado, dejando las constancias del caso.

 

DÉCIMO SÉPTIMO: Por la Secretaría General de esta corporación, INFÓRMESE a los peticionarios que elevaron las solicitudes de selección, acerca de la decisión adoptada por esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interno, modificado por el Acuerdo 01 de 2004.

 

DÉCIMO OCTAVO: Por Secretaría General de esta corporación, REMÍTASE copia del presente Auto a los Magistrados de la Corte Constitucional, para efectos de la atribución de insistencia en la revisión de fallos de tutela que les otorga el artículo 33 del Decreto 2591 de 1991 y 51 del Reglamento Interno de la corporación, modificado por el Acuerdo 01 de 2004.

 

 

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

 

 

 

NILSON PINILLA PINILLA

Magistrado

 

 

 

 

JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO

Magistrado

 

 

 

 

MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO

Secretaria General