Corte Constitucional de Colombia

Bienvenidos! hoy es

EDICTOS SEPTIEMBRE 2011

Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 161

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del doce (12) de mayo de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-373/11 dentro del expediente D- 8264 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< PRIMERO.- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, los segmentos demandados de los artículos 4°, 7°, 10° y 12 de la Ley 940 de 2005, “por la cual se expiden normas sobre requisitos para el desempeño de cargos en la Jurisdicción Penal Militar”.

 

SEGUNDO.- Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad del inciso 2° del artículo 13 de la Ley 940 de 2005, por ineptitud sustancial de la demanda en este aspecto.  >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 1° DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 05 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 162

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del seis (06) de julio de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-542/11 dentro del expediente D- 8366 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Primero. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-250 de 2011 que declaró exequible, por los mismos cargos aquí formulados, el artículo 90 de la Ley 1395 de 2010.

 

Segundo. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-371 de 2011 que declaró exequibles, por los mismos cargos aquí formulados, el inciso primero del artículo 91 y el artículo 122 de la Ley 1395 de 2010.

 

Tercero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse respecto de los cargos formulados contra el inciso primero del artículo 98 y el inciso primero del artículo 101, ambos de la Ley 1395 de 2010.  >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 1° DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 05 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 163

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010) adoptó la Sentencia No. C-843/10 dentro del expediente RE- 167 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Declarar EXEQUIBLE el Decreto 2693 del 27 de julio de 2010, “por el cual se declara el Estado de Emergencia Social”.  >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 05 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 07 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 164

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del veintiséis (26) de mayo de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-443/11 dentro del expediente D- 8328 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< PRIMERO. Declarar ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-502 de 2007, respecto de la vulneración del principio de igualdad contenido en el artículo 13 de la Constitución por parte del artículo 6 de la ley 1157 de 2007.

SEGUNDO. Declarar  EXEQUIBLE el artículo 6º de la ley 1157 de 2007, por el cargo ahora estudiado. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 07 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 09 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 165

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del tres (03) de agosto de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-587/11 dentro del expediente D- 8401 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Declararse INHIBIDA para decidir en relación con la demanda instaurada por la ciudadana Ana Regina Aguilar Bermeo contra el artículo 242 de la Ley 906 de 2004, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 07 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 09 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 166

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del seis (06) de julio de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-539/11 dentro del expediente D- 8351 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< PRIMERO.- Declarar EXEQUIBLE la expresión “encargadas de reconocer y pagar pensiones de jubilación, prestaciones sociales y salariales de sus trabajadores o afiliados, o comprometidas en daños causados con armas de fuego, vehículos oficiales, daños a reclusos, conscriptos, o en conflictos tributarios o aduaneros, …” contenida en el artículo 114 de la Ley 1395 de 2010.

 

SEGUNDO.- Declarar EXEQUIBLE la expresión “que en materia ordinaria o contenciosa administrativa” contenida en el artículo 114 de la Ley 1395 de 2010, en el entendido que los precedentes jurisprudenciales a que se refiere la norma deben respetar la interpretación vinculante que realice la Corte Constitucional.

 

TERCERO.- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo acerca de la expresión “en cinco o más casos” contenida en el artículo 114 de la ley 1395 de 2010, por ineptitud sustantiva de la demanda. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 08 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

SE DESFIJA

HOY: 12 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 167

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del once (11) de mayo de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-368/11 dentro del expediente D- 8245 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Declarar EXEQUIBLE, por los cargos propuestos y analizados, el primer inciso del artículo 1º, el primer inciso del artículo 3º y la expresión “El Arancel Judicial está a cargo del demandante inicial o del demandante en reconvención beneficiado con las condenas o pagos…” del artículo 5º, de la Ley 1394 de 2010. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 08 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 12 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 168

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión diez (10) de agosto de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-600/11 dentro del expediente D- 8384 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Primero.- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados, las expresiones “cónyuge” y “su cónyuge” empleadas en los numerales 7, 8, 10, 11, 13 y 14 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, bajo el entendido que comprenden también al compañero o compañera permanente.

 

 Segundo.- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados, las expresiones “o pariente en primer grado de consanguinidad”, empleadas en los numerales 7 y 8 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido que incluyen también a los parientes en el grado primero civil (hijo e hija adoptivos y padre o madre adoptantes). >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 09 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 13 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 169

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del veintisiete (27) de abril de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-299/11 dentro del expediente RE- 181 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Primero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 1º del Decreto Legislativo 4821 de 2010, en el entendido que sólo podrán adoptarse Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDU hasta el año 2014.

 

Segundo Declarar EXEQUIBLES los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13 y 14 del Decreto Legislativo 4821 de 2010.

 

Tercero: Declarar EXEQUIBLE el artículo 7º del Decreto Legislativo 4821 de 2010, en el entendido que lo allí establecido se mantendrá hasta el año 2014. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 12 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 14 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 170

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del seis (06) de julio de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-541/11 dentro del expediente D- 8355 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Primero: Declarar EXEQUIBLES, respecto del cargo de quebrantamiento de los dispuesto en el artículo 272 de la Constitución Política, el parágrafo del artículo 15 y el parágrafo 3º del artículo 14 de la Ley 141 de 1994, tal como fueron modificados por los artículos 1º y 2º de la Ley 1283 de 2009.

 

Segundo: Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo en relación con el cargo segundo de la demanda, relacionado con la eventual infracción de los artículos 287, 298 y 360 de la Constitución Política. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 15 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 19 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 171

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del diecisiete (17) de agosto de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-619/11 dentro del expediente D- 8406 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< Declarar EXEQUIBLE, por el cargo estudiado en la presente sentencia, el aparte normativo demandado, contenido en el artículo 149 de la Ley 769 de 2002. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 20 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 22 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 


Secretaría General

   

Corte Constitucional

Secretaría General

EDICTO

No. 172

 

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

NOTIFICA:

 

 

Que la Sala Plena de esta Corporación en sesión del diez (10) de agosto de dos mil once (2011) adoptó la Sentencia No. C-598/11 dentro del expediente D- 8258 cuya parte resolutiva dispuso:

 

<< PRIMERO.- Declarar EXEQUIBLE el parágrafo 2 del artículo 52 de la Ley 1395 de 2010, salvo la siguiente expresión que se declara INEXEQUIBLEDe fracasar la conciliación, en el proceso que se promueva no serán admitidas las pruebas que las partes hayan omitido aportar en el trámite de la conciliación, estando en su poder”, por las razones expuestas en la parte motiva del fallo.

 

SEGUNDO.- Declarar EXEQUIBLE el parágrafo 3º del artículo 52 de la Ley 1395 de 2010. >>

 

 

SE FIJA EN LA SECRETARÍA

HOY: 22 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 8:00 a. m.               

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General

 

 

SE DESFIJA

HOY: 26 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE (2011)

HORA. 5:00 p. m.

 

 

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MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General