REPUBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL
SECRETARIA GENERAL
ESTADO
AUTO DE SELECCIÓN
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No. Estado
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ASUNTO |
Fecha Auto |
Fecha Estado |
DECISION
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16
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T-2.366.461 al T-2.366.769 T-2.366.771 al T-2.366.808 T-2.366.810 al T-2.367.089 T-2.367.091 al T-2.367.840 T-2.367.842 al T-2.368.623 T-2.368.625 al T-2.369.422 T-2.369.424 al T-2.369.589 T-2.369.591 al T-2.370.528 T-2.370.530 al T-2.370.599 T-2.370.601 al T-2.372.436 T-2.372.438 al T-2.372.882 T-2.372.884 al T-2.373.868 T-2.373.870 al T-2.375.227 T-2.375.229 al T-2.375.840
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14/09/09
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18/09/09 |
PRIMERO: SELECCIONAR para revisión los fallos de tutela correspondientes a los siguientes expedientes:
SEGUNDO: EXCLUIR de revisión los fallos de tutela correspondientes a los expedientes estudiados por ésta Sala en sesión celebrada el catorce (14) de septiembre de dos mil nueve (2009) que no fueron mencionados expresamente en el numerales primero.
TERCERO: De acuerdo con el sorteo realizado en la sesión correspondiente, REPARTIR de la siguiente forma los expedientes seleccionados para revisión:
MAGISTRADO: JUAN CARLOS HENAO PÉREZ
MAGISTRADA: MARIA VICTORIA CALLE CORREA
MAGISTRADO: LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
MAGISTRADO: GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
MAGISTRADO: MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
MAGISTRADO: JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
MAGISTRADO: NILSON PINILLA PINILLA
MAGISTRADO: HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
MAGISTRADO: JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
CUARTO: ACUMULAR entre sí los expedientes T- 2370294 y T- 2370323, los cuales fueron repartidos al Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.
QUINTO: ACUMULAR entre sí los expedientes T- 2370776 y T- 2371145, los cuales fueron repartidos al Magistrado Jorge Iván Palacio Palacio, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión
SEXTO: ACUMULAR entre sí los expedientes T-2371147 Y T-2375261, los cuales fueron repartidos al Magistrado Mauricio González Cuervo, por presentar unidad de materia, para que sean fallados en una sola sentencia, si así lo considera la correspondiente Sala de Revisión.
SEPTIMO: Respecto de las siguientes solicitudes efectuadas a la Corte, a través de la Secretaria General EXPÍDANSE las copias auténticas requeridas en las solicitudes de los documentos contenidos en cada uno de los expedientes de tutela y envíense por el medio más expedito a los respetivos peticionarios.
OCTAVO: DISPONER que los fallos de tutela excluidos de revisión por esta Sala, junto con sus respectivos expedientes, sean enviados a los despachos judiciales de primera instancia. Proceda la Secretaria General de esta Corporación al cumplimiento de lo aquí ordenado, dejando las constancias del caso.
NOVENO: Por la Secretaria General de esta Corporación, INFÓRMESE a los peticionarios que elevaron las solicitudes de selección, acerca de la decisión adoptada por esta Sala, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento Interno, modificado por el Acuerdo No. 01 del 29 de abril de 2004.
DECIMO: Por la Secretaria General de esta Corporación, REMITASE copia del presente Auto a los Honorables Magistrados de la Corte Constitucional, para efectos de la atribución de insistencia en la revisión de los fallos de tutela que les otorga los artículos 33 del Decreto 2591 de 1991 y 51 del Reglamento Interno de la Corporación, tal como fue modificado por el Acuerdo 01 de 2004.
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MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO
Secretaria Genera