Adición de 3 billones 250 mil millones de pesos al Presupuesto General de la Nación, se ajusta a la Constitución
Boletín No. 109
Bogotá, julio 2 de 2020
La Corte Constitucional declaró que la adición de 3 billones 250 mil millones al presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y al presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación, contemplados en los artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo 522 de 6 de abril de 2020, se ajustan a la Constitución en cuanto satisfacen el juicio de necesidad fáctica y jurídica.
Con ponencia del Magistrado Carlos Bernal Pulido, la Corte declaró inconstitucionales los artículos 3, 4 y 5 que decretan la liquidación de tales adiciones presupuestales porque no satisfacen el juicio de necesidad, toda vez que el Gobierno Nacional podía, “en ejercicio de funciones administrativas”, liquidar la referida adición presupuestal, en los términos del artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto.
Para la Corte, el Decreto Legislativo 522 de 6 de abril de 2020, “por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectúa su correspondiente liquidación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, cumple con los requisitos de finalidad y conexidad, en la medida en que tiene por objetivo ejecutar la capitalización del Fondo Nacional de Garantías prevista por los Decretos Legislativos 417 y 492 de 2020.
En la discusión del Decreto, que tuvo una votación de 6-3, el magistrado Alejandro Linares Cantillo aclaró su voto y los magistrados Carlos Bernal Pulido, Luis Guillermo Guerrero y Antonio José Lizarazo salvaron parcialmente su voto respecto de la decisión de declarar inexequible los artículos 3, 4 y 5, del Decreto Legislativo 522 de 2020. Por su parte, el magistrado Carlos Bernal Pulido consideró que los artículos 3, 4 y 5, del Decreto satisfacen el juicio de necesidad y, por tanto, han debido declararse exequibles.