COMUNICADO DE PRENSA (28 de agosto de 2023)





/noticia.php?COMUNICADO-DE-PRENSA-(28-de-agosto-de-2023)-9594

COMUNICADO DE PRENSA (28 de agosto de 2023)


Los presidentes de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se permiten informar a la opinión pública que:

 

En el día de hoy y en atención a la falla del sistema diseñado para la práctica de la prueba de conocimientos dirigida a las personas que aspiran y continúan en el proceso de escogencia del Registrador Nacional del Estado Civil, anunciada públicamente el pasado 26 de agosto, los presidentes se reunieron y recibieron el informe rendido por los ingenieros responsables del Software, cuya conclusión es la siguiente: 

 

“En el momento de acceso al aplicativo (…) se hace el lanzamiento del examen, es decir, sobre las 8:25 a.m. del 26 de agosto, pero el aplicativo mostró el siguiente mensaje: “NO ES POSIBLE EJECUTAR la consulta”. El mensaje indica que el aplicativo en su intento de conectar con la Base de Datos no tiene respuesta positiva (…) En nuestro intento de detectar el problema y solucionar, se solicita refrescar la pantalla generando nuevamente el lanzamiento, lo que a su vez también recarga las preguntas.

Después de la decisión de cancelar y reprogramar el examen; la oficina de sistemas dio inicio al proceso de auditoría sobre el aplicativo, encontrando que efectivamente faltó por validar que el proceso de lanzamiento de la prueba no sucediera más de una vez, que en definitiva fue lo que afectó el algoritmo que reparte las preguntas y contempla sus respectivas respuestas.” 

 

Aunque se infiere del informe técnico la ausencia de cualquier práctica de jaqueo, interna o externa, a la prueba, con el objetivo de garantizar al máximo la transparencia del proceso y, en esta medida, cumplir con la función conferida en el artículo 266 de la Constitución Política, los presidentes han considerado necesario acudir a una auditoría externa al aplicativo diseñado, con el objeto de dar a la ciudadanía y a las personas participantes la mayor tranquilidad y certeza de que los procedimientos que se han adoptado tienen por objeto blindar de todas las garantías constitucionales la escogencia de la persona que asumirá la dirección de la Registraduría Nacional del Estado Civil, entidad de la mayor relevancia para el sistema democrático de nuestro Estado colombiano.

 

La auditoría externa ha sido solicitada el día de hoy al Consejo Superior de la Judicatura y su resultado será puesto en conocimiento de la opinión pública. 

 

No obstante, en atención a que el concurso de méritos especial debe adelantarse de tal manera que  los presidentes satisfagan su misión constitucional oportunamente y sin tropiezos, y que la auditoría externa, que ofrezca total tranquilidad a la ciudadanía y las personas participantes, puede tardar algunos días adicionales, los organizadores han decidido realizar la prueba de conocimientosen forma manuscrita, el domingo 10 de septiembre de 2023, en las instalaciones de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, a partir de las 8:00 a.m. 

 

Considerando que varias de las preguntas diseñadas para la jornada del 26 de agosto de 2023 fueron conocidas el día de la realización de la prueba, los organizadores construirán un nuevo examen de conocimientos, brindando así el proceso de garantías de igualdad, moralidad e imparcialidad. Las condiciones para la práctica de las pruebas de conocimientos y competencias se encuentran contenidas en el instructivo que acompaña a este comunicado. 

 

Quienes no se presentaron a la realización de las pruebas de conocimientos y competencias el día 26 de agosto de 2023, solo podrán presentarse a la práctica de las pruebas reprogramadas para el domingo 10 de septiembre, con la debida justificación y acreditación de una situación de fuerza mayor que le haya impedido asistir a la fecha inicialmente programada. Para el efecto, deberá hacer llegar dicho soporte, a más tardar, el jueves 31 de agosto de 2023, a través del correo destinado por el concurso de méritos especial para la escogencia del Registrador Nacional del Estado Civil. 

 

Dado en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de agosto de dos mil veintitrés (2023)

 

 

 

 

Diana Fajardo Rivera                                                     Fernando Castillo Cadena

Presidenta Corte Constitucional                                     Presidente Corte Suprema de Justicia

 

 

 

 

 

 

Jaime Enrique Rodríguez Navas

Presidente Consejo de Estado

 

 

 

 

INSTRUCTIVO DE LAS PRUEBAS ESCRITAS DEL CONCURSO PARA LA ESCOGENCIA DEL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

 

  1. OBJETIVOS: Las pruebas de conocimientos específicos y de competencias generales concretan la etapa de selección, que está dirigida a verificar la idoneidad del aspirante en relación con las responsabilidades del cargo de Registrador Nacional del Estado Civil (artículo décimo, Acuerdo 002 de 2023).

 

  1. POBLACIÓN OBJETIVO. Las pruebas serán presentadas por las personas admitidas en el proceso de selección y revisión de las hojas de vida y por quienes, en virtud de la prosperidad de sus reclamaciones, también continuaron en el proceso.

 

  1. ALCANCE DE LA EVALUACIÓN. Se evalúan varios temas, a saber:

 

3.1. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS. Constitución Política de Colombia; derecho constitucional; mecanismos de participación política; organización electoral en Colombia; identificación y registro civil de las personas; régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición; jurisprudencia electoral; censo nacional electoral; planeación estratégica; costos y presupuestos; contratación estatal y dirección del talento humano (Decreto 2241 de 1986, Ley 6 de 1990, Ley 1350 de 2009, Ley 1757 de 2015 y Ley 1909 de 2018 y decretos 111 de 1996, 1010 de 2000, entre otros).

 

3.2. PRUEBA DE COMPETENCIAS. Esta evaluará las habilidades gerenciales, destrezas, actitudes y valores necesarios para el desempeño del cargo, tales como visión estratégica, liderazgo efectivo, planeación, toma de decisiones, gestión del talento humano, comunicación asertiva, conocimiento del entorno laboral, habilidades comunicativas, resolución de conflictos y manejo de crisis, organización y trabajo en equipo, y adaptación al cambio.

 

4.         CONFIGURACIÓN DE LAS PRUEBAS. De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Acuerdo No. 001 de 2023, la prueba de conocimientos específicos es elaborada por los presidentes de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado, con el apoyo técnico y operativo de la Escuela Judicial. Por su parte, la prueba de competencias, puede contar con apoyo técnico. 

 

5.         MODALIDAD DE LAS PRUEBAS.  Las pruebas se realizarán en ambiente controlado. Su práctica será mixta; el examen de conocimientos deberá ser respondido de manera manuscrita, y la prueba de competencias a través de formato digital. 

 

El cuestionario de la prueba de conocimientos será único, pero el orden de las preguntas variará en forma aleatoria para los diferentes examinados.

 

6.         ESTRUCTURA Y DURACIÓN

 

La etapa de selección comprende una prueba de  conocimientos específicos, para la cual los aspirantes contarán con un tiempo de una hora y treinta minutos; y, una prueba de competencias generales, que tendrá una duración de una hora y quince minutos. Entre una y otra, se concederán 10 minutos de receso.

 

7.         TIPOS DE PREGUNTA

 

7.1. Prueba de conocimientos: las preguntas corresponden a un enunciado que puede contener una frase incompleta, una interrogación o un texto; las opciones de respuesta aparecen identificadas con las letras A, B, C y D. Una sola de las opciones completa o responde correctamente el enunciado. El aspirante debe elegir la que considere correcta y seleccionarla en el lugar indicado por el examen para las respuestas. Se anularán aquellos ítems con doble selección y/o con tachaduras que impidan establecer con absoluta claridad cuál es la respuesta escogida.

 

EJEMPLOS 

 

  1. Un arca triclave se denomina así porque:
  1. Tiene tres claves para poder abrir
  2. Tres personas la manipulan
  3. Está cerrada tres veces
  4. Tiene tres cerraduras y cada uno de los claveros tiene una llave

 

  1. El fondo de financiación de partidos y campañas políticas está adscrito a:
  1. Despacho del registrador del estado civil
  2. Consejo Nacional Electoral
  3. Dirección de gestión electoral
  4. Dirección de censo electoral.

 

7.2. Prueba de competencias: antes de iniciar la prueba el aspirante deberá leer detenidamente la instrucción y realizar el ejercicio de entrenamiento que le será presentado. A continuación, encontrará una explicación como referente del tipo de pregunta y respuesta de la prueba:

 

Instrucciones:

 

A continuación, encontrará varios enunciados que presentan situaciones laborales, cada enunciado está compuesto por tres (3) situaciones, su tarea consiste en asignar un + (signo más) a la situación que más se ajuste y lo describe a usted en términos de intereses, comportamientos o personalidad, y un - (signo menos) a la que menos lo describe.

 

Ejemplo:

Cuando tengo que presentar un examen para un concurso

 

  1. Estudio desde el primer día.
  2. Me reúno con colegas a estudiar.
  3. Repaso los contenidos el día previo.

 

 

Al finalizar la prueba de competencias, aparecerá el siguiente aviso:

 

Su prueba ha finalizado

Ya no tiene más pruebas por presentar

 

8.         RECOMENDACIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PRUEBAS

 

HORARIO Y LUGAR: las pruebas se realizarán el domingo, diez (10) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), a las ocho (8:00) de la mañana, en la sede de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, ubicada en la Calle 11 No. 9 A -24 en Bogotá D.C.  

 

Se recomienda llegar mínimo treinta (30) minutos antes de la hora señalada para la realización de las pruebas. En la zona hay poca disponibilidad de parqueaderos, el edificio en el que se realizarán las pruebas no cuenta con este servicio.

 

Los aspirantes deben tener en cuenta que, para la presentación de las pruebas, estás sólo estarán habilitadas en la fecha y hora asignada; ingresar antes o después inhabilita la prueba y no hay posibilidad de reprogramación.

 

9.         INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PRUEBAS

 

  • Llevar la cédula de ciudadanía.
  • No se permite el ingreso de armas, personas acompañantes, de aspirantes en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. Tampoco el uso de códigos, libros, dispositivos electrónicos o aparatos de intercomunicación.
  • A los aspirantes se les suministrará el lapicero respectivo. 
  • Atender las indicaciones del jefe del salón.
  • Leer cuidadosamente la pregunta antes de responder. No se aceptarán selecciones dobles o tachaduras que dificulten la identificación clara de la respuesta dada por la persona participante.
  • Firmar el documento de asistencia con lapicero en el lugar destinado para tal fin.
  • Hacer uso óptimo del tiempo establecido.
  • En caso de presentarse cualquier inconveniente con el computador o el sistema, respecto a la prueba de competencias, comunicarlo de inmediato al jefe de salón para tomar las medidas que sean necesarias.
  • La suplantación, el intento de fraude, copia o extracción fílmica del material acarreará la anulación de la prueba y el reporte a las autoridades encargadas del concurso de méritos especial.
  • La interacción entre los participantes no está permitida, cualquier duda debe comunicarse directamente al auxiliar que esté supervisando la prueba y se dejará registro en las actas correspondientes. No se permite la realización de consultas entre los participantes.
  • Los participantes no pueden tener durante la aplicación de la prueba relojes inteligentes, elementos electrónicos, celulares, cámaras fotográficas o de video, agendas, entre otros. 
  • A medida que cada evaluado termine, debe salir del salón en silencio. (Preguntar antes si debe firmar alguna lista de constancia de asistencia).

 

10.       INDICACIONES PARA RESPONDER

 

10.1. Prueba de conocimientos. Las respuestas de cada concursante a la prueba de conocimientos, que se realizará de manera manuscrita, quedarán registradas y consignadas en el documento que se le entregará a cada participante el día de su práctica. 

 

10.2 Prueba de competencias. Las respuestas de cada concursante a la prueba de competencias se consignará directamente en el programa informático respectivo, a través del cual accederán a la aplicación de esta prueba. 

 

11.       CALIFICACIÓN DE LAS PRUEBAS. Las pruebas serán calificadas a través del sistema definido por los organizadores del concurso especial.

 

La prueba de conocimientos específicos será calificada con un puntaje que oscilará entre cero (0) y 250 puntos y tendrá carácter eliminatorio. Solo serán objeto de calificación las pruebas de competencias presentadas por los aspirantes que hayan obtenido en la prueba de conocimientos una calificación superior a 150 puntos (artículo décimo, Acuerdo 002 de 2023).         

 

12.       PUBLICACIÓN DE RESULTADOS. Los resultados se publicarán a través de la página web de la convocatoria dentro de los cinco días siguientes a la presentación, mediante aviso que se fijará por tres días, vencidos los cuales correrá el término para interponer el recurso de reposición (artículo 13, parágrafo 2, Acuerdo 001 de 2023).

 

13.       RECLAMACIÓN SOBRE LOS RESULTADOS: contra el resultado de la prueba de conocimientos podrá interponerse recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la desfijación de los resultados, a través de la página web de la convocatoria; los cuales se decidirán dentro de los veinte (20) días calendario siguientes al vencimiento del término para interponerlos, plazo que podrá ser ampliado hasta por un periodo igual. La decisión se publicará a través de la página de la convocatoria por tres días calendario, contra la que no procede recurso alguno.

 

La evaluación de competencias no será objeto de recurso alguno (Pár. 2, Art. 13 Acuerdo 001 de 2023).


Otras noticias

Corte ordena medidas de seguridad urgentes para evitar una doble vulneración de los derechos fundamentales de los excombatientes del antiguo comando conjunto central de las extintas FARC-EP que comparecerán a la audiencia de reconocimiento

 

La Corte ordena medidas de seguridad urgentes para evitar una doble vulneración de los derechos fundamentales de los excombatientes del antiguo comando conjunto central de las extintas FARC-EP ...


Corte le ordena a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Valle del Cauca garantizar el derecho al descanso y la desconexión de los empleados judiciales del régimen individual que están en vacaciones

La implementación de los trámites la debe realizar la entidad judicial, mientras que el Consejo Superior de la Judicatura, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, adopta ...


Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático

 

Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático, y ampara los derechos a vivienda digna, trabajo, mínimo vital, seguridad alimentaria y seguridad personal de una pareja mayor de edad obligada a desplaz...


Corte amparó el derecho de petición de una persona privada de la libertad a quien no se le notificó en debida forma su solicitud para la inclusión en el Registro Único de Víctimas

 

La Corte recapituló la jurisprudencia sobre la debida notificación de la respuesta a las peticiones. Recordó que el incumplimiento del deber de dar a conocer una decisión que resuelve una solicitud concreta, además de la ...


Corte insta a los ministerios del Trabajo y de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones de los lugares de trabajo en los que se realizan actividades mineras

El Ministerio del Trabajo deberá realizar labores de inspección, vigilancia y control para esclarecer cuáles fueron las condiciones de trabajo en las que se encontraba Jaime, un minero que resultó afectado por un accidente que sufrió...


Corte protege derechos de adulto mayor con demencia que, al parecer, fue abandonado por su familia en un hospital

Esta corporación le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Defensoría del Pueblo y a la Comisaría de Neiva que intervengan en el caso de Rafael para proteger y restablecer sus derechos.

 

Bogotá D.C., 17 de abril de 2024

 

La...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--