Corte Constitucional participó en seminario sobre la mujer y la justicia y destacó los avances jurisprudenciales que protegen sus derechos en diferentes ámbitos
La vicepresidenta de la Corte, Diana Fajardo Rivera, destacó cómo el enfoque de género en las decisiones judiciales constituye una herramienta valiosa para identificar las asimetrías del poder.
Bogotá, 7 de junio de 2022
Boletín No. 060
La Corte Constitucional participó en el seminario “La mujer y la justicia”, que fue organizado por la Corporación Excelencia en la Justicia, Legis y la Universidad de La Sabana, con el objetivo de analizar la jurisprudencia que ha permitido superar las brechas que enfrenta la mujer colombiana y resaltar su papel en el quehacer de la Rama Judicial.
El evento, que se realizó de manera virtual, puede verse nuevamente en el link: https://www.youtube.com/watch?v=mFwsj5yuer0
La vicepresidenta de la Corte, Diana Fajardo Rivera, hizo la instalación del seminario y señaló que el enfoque de género para las decisiones judiciales constituye una herramienta valiosa para identificar las asimetrías del poder.
“Las juezas y los jueces no podemos ser indiferentes cuando nos enfrentamos a un escenario de discriminación. Estamos llamados a atender de manera célere estos casos, a identificar las circunstancias especiales en las que se encuentran las mujeres y en las que concurren múltiples factores de vulnerabilidad, a partir de la aplicación del enfoque de interseccionalidad, la flexibilización de los estándares probatorios, la no revictimización, y en general, el restablecimiento de los desequilibrios”, indicó la vicepresidenta de la Corte.
La magistrada Diana Fajardo sostuvo que el desafío al que hoy nos enfrentamos es hacer realidad la participación de las mujeres allí donde no se ha logrado, mantener la significativa participación que se ha alcanzado, y aumentarla donde sea mínima, sobre todo en los altos cargos de la administración de justicia.
“Gracias a su experiencia personal y profesional, las mujeres contribuyen a producir decisiones integrales y empáticas con la ciudadanía en la resolución de casos que llegan a su conocimiento”, puntualizó la doctora Fajardo Rivera.
Por su parte, la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, habló sobre los derechos de las mujeres campesinas y de cómo, desafortunadamente, la jurisprudencia no ha logrado impactar en esta población por el reducido número de acciones de tutela o de inconstitucionalidad que se presentan, lo cual refleja las dificultades que ellas tienen para acceder a la justicia.
“Hay estadísticas desalentadoras que dan cuenta de la prolongación de estereotipos y conductas discriminatorias en contra de la igualdad de género. Ello repercute en el tipo de labores que realizan las mujeres y cómo se toman las decisiones al interior de los hogares, en los índices de violencia contra la mujer, en las condiciones de pobreza, analfabetismo y acceso a educación”, indicó la magistrada.
Sin embargo, la doctora Ortiz Delgado señaló que en los pocos casos que han llegado a la Corte se han protegido sus derechos a vivir libres de violencia y discriminación.
“Para la Corte las decisiones de acceso a la tierra, viabilidad y seguridad se relacionan con un deber y una responsabilidad del Estado. Esto debe ser un compromiso que debe ir mucho más allá de la formalidad y que se traduce en la eficacia real de los derechos de la población desplazada y siempre con atención al enfoque de género”, puntualizó la jurista.
Por último, la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera destacó que la jurisprudencia reciente de la Corte ha entendido que el deber de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer no solo debe ser del Estado, sino también de los particulares.
“Los deberes derivados de la obligación de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres se podrían clasificar en tres: el deber de debida diligencia y corresponsabilidad, la no tolerancia y la no repetición”, explicó la magistrada.
La doctora Meneses Mosquera también destacó como un importante avance jurisprudencial el que los consejos comunitarios y las comunidades étnicas resulten vinculados por la obligación de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres por razones de género, sin perjuicio de su autonomía.
“En términos generales, las autoridades tradicionales estarían obligadas a combatir con medidas céleres la falta de diligencia y la indiferencia para asegurar la prevención y la no repetición de esas conductas. De no hacerlo estarían habilitando la intervención de los jueces”, agregó la magistrada Meneses.