Corte declara inconstitucional atribución del Gobierno Nacional para reglamentar el procedimiento de la cesión de contratos estatales por casos de corrupción





/noticia.php?Corte-declara-inconstitucional-atribuci%C3%B3n-del-Gobierno--Nacional-para-reglamentar-el-procedimiento-de-la-cesi%C3%B3n-de-contratos-estatales-por-casos-de-corrupci%C3%B3n-9068

Corte declara inconstitucional atribución del Gobierno Nacional para reglamentar el procedimiento de la cesión de contratos estatales por casos de corrupción


Boletín No. 019

Bogotá, 25 de febrero de 2021

 

La Corte Constitucional estudió una demanda contra algunas expresiones del artículo 6º y la totalidad del 8º de la Ley 2014 de 2019, la cual regula las sanciones para condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como la cesión unilateral del contrato por actos de corrupción.  

La Sala Plena, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, analizó la demanda contra el parágrafo 2° del artículo 6° de la ley acusada, en el que se establece que el Gobierno reglamentará el procedimiento de la cesión. En este caso, la Corte consideró inexequible la atribución de facultades reglamentarias para el propósito de señalar cómo y a quién se va a ceder el contrato, pues tales asuntos deben ser definidos directamente por la ley.

También se estudió la demanda parcial contra el parágrafo 1° del artículo 6°, el cual dispone que habrá cesión unilateral del contrato estatal, sin indemnización alguna para el contratista, cuando sobre él aparece una inhabilidad sobreviniente durante el trascurso del contrato derivada de una sanción administrativa por actos de corrupción o por la comisión de delitos contra la administración pública. 

El alto tribunal consideró que los cargos de la demanda carecían de aptitud para propiciar una decisión de fondo, por lo que profirió una decisión inhibitoria.

Finalmente, se examinó la demanda contra el artículo 8° de la misma ley, según el cual, una vez en firme el acto administrativo que ordena la cesión unilateral del contrato por actos de corrupción, la entidad que la haya declarado deberá compulsar copias a las autoridades fiscales, disciplinarias y penales para las investigaciones de su competencia.

En este caso, la alta corporación judicial profirió una decisión inhibitoria por ineptitud sustancial de la demanda, pues al revisarla no se advirtió un cargo constitucional concreto y directamente relacionado con el artículo 9A (efectos de la declaratoria de cesión unilateral del contrato), así como tampoco un solo reproche basado en la confrontación del contenido de cualquier norma superior con aquel artículo.


Otras noticias

Corte amparó el derecho de petición de una persona privada de la libertad a quien no se le notificó en debida forma su solicitud para la inclusión en el Registro Único de Víctimas

 

La Corte recapituló la jurisprudencia sobre la debida notificación de la respuesta a las peticiones. Recordó que el incumplimiento del deber de dar a conocer una decisión que resuelve una solicitud concreta, además de la ...


Corte insta a los ministerios del Trabajo y de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones de los lugares de trabajo en los que se realizan actividades mineras

El Ministerio del Trabajo deberá realizar labores de inspección, vigilancia y control para esclarecer cuáles fueron las condiciones de trabajo en las que se encontraba Jaime, un minero que resultó afectado por un accidente que sufrió...


Corte protege derechos de adulto mayor con demencia que, al parecer, fue abandonado por su familia en un hospital

Esta corporación le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Defensoría del Pueblo y a la Comisaría de Neiva que intervengan en el caso de Rafael para proteger y restablecer sus derechos.

 

Bogotá D.C., 17 de abril de 2024

 

La...


Corte ampara el derecho fundamental a la consulta previa del pueblo Motilón Barí por la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales

Bogotá D.C., abril de 2024

 

La Sala Primera de Revisión estudió una acción de tutela interpuesta por las autoridades tradicionales del pueblo Motilón Barí Ñatubaiyibari en contra del Ministerio del Interior y otras institucion...


"Transcurrido un año desde la extensión del ECI penitenciario y carcelario a los centros de detención transitoria, persiste la vulneración masiva y generalizada de los derechos de la población privada de la libertad en estos lugares": Corte

 


La Sala estudió cinco tutelas que presentaron personas privadas de la libertad que se encontraban en centros de detención transitoria. Reclamaron vulneració...


Corte reconoce los retos del envejecimiento de la población y de la soledad, y hace un llamado para adoptar medidas integrales dirigidas a garantizar el derecho al cuidado, la autonomía y el respeto por las decisiones propias de las personas mayores

Bogotá D.C., 11 de abril de 2024

 

La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional amparó el derecho fundamental a la salud de una persona mayor que ...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--