Corte declara inconstitucional las contribuciones especiales a cargo de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios





/noticia.php?Corte-declara-inconstitucional-las-contribuciones-especiales-a-cargo-de-las-personas-prestadoras-de-los-servicios-p%C3%BAblicos-domiciliarios-9000

Corte declara inconstitucional las contribuciones especiales a cargo de las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios


Boletín No. 158

Bogotá, 29 octubre del 2020  

La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, declaró inconstitucional las contribuciones especiales a cargo de las personas prestadoras de los servicios de gas, agua y saneamiento básico, contempladas en el actual Plan Nacional de Desarrollo (PND). La decisión tendrá efectos a partir del 1º de enero de 2023.

Estas contribuciones, vale la pena explicar, buscan financiar los gastos de funcionamiento e inversión de las respectivas comisiones de regulación y de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para el Fondo de Fortalecimiento Empresarial.

En su Sala Plena Virtual de esta semana, el alto tribunal determinó que las disposiciones demandadas, es decir, los artículos 18 y 314 del PND, vulneraban el principio de unidad de materia por dos razones: no tenían una conexidad directa e inmediata con el Plan, pues es una inserción aislada que no logra articularse y, a su vez, el Gobierno Nacional incumplió con la carga argumentativa suficiente que permitiera una modificación del régimen tributario de los servicios públicos domiciliarios.

Así, se precisó que la exigencia de una carga de argumentación suficiente obedece al hecho de que las modificaciones o creación de normas de carácter permanente o transitorio que tengan naturaleza tributaria en el PND, dada su especial naturaleza y con tan solo tres debates, justifica una mayor exigencia en términos de deliberación democrática.

Por otro lado, una de las disposiciones demandas también contemplaba esta carga tributaria para todos aquellos que incidieran directa o indirectamente en la prestación de los servicios públicos domiciliarios.

Para la corte, esta obligación  vulneraba el principio de legalidad del tributo, del cual se desprende de que sean los órganos colegiados de representación popular quienes establezcan directamente los elementos del tributo y, que al hacerlo, determinen con suficiente claridad y precisión todos y cada uno de los elementos esenciales del mismo. De ahí que ese apartado fue retirado inmediatamente del ordenamiento jurídico.

Los magistrados Jorge Enrique Ibáñez y Richard Steve Ramírez Grisales salvaron parcialmente su voto. Por su parte, Diana Fajardo Rivera aclaró su voto y su colega Antonio José Lizarazo Ocampo se reservó la posibilidad de aclarar su voto.


Otras noticias

Corte ordena medidas de seguridad urgentes para evitar una doble vulneración de los derechos fundamentales de los excombatientes del antiguo comando conjunto central de las extintas FARC-EP que comparecerán a la audiencia de reconocimiento

 

La Corte ordena medidas de seguridad urgentes para evitar una doble vulneración de los derechos fundamentales de los excombatientes del antiguo comando conjunto central de las extintas FARC-EP ...


Corte le ordena a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Valle del Cauca garantizar el derecho al descanso y la desconexión de los empleados judiciales del régimen individual que están en vacaciones

La implementación de los trámites la debe realizar la entidad judicial, mientras que el Consejo Superior de la Judicatura, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, adopta ...


Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático

 

Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático, y ampara los derechos a vivienda digna, trabajo, mínimo vital, seguridad alimentaria y seguridad personal de una pareja mayor de edad obligada a desplaz...


Corte amparó el derecho de petición de una persona privada de la libertad a quien no se le notificó en debida forma su solicitud para la inclusión en el Registro Único de Víctimas

 

La Corte recapituló la jurisprudencia sobre la debida notificación de la respuesta a las peticiones. Recordó que el incumplimiento del deber de dar a conocer una decisión que resuelve una solicitud concreta, además de la ...


Corte insta a los ministerios del Trabajo y de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones de los lugares de trabajo en los que se realizan actividades mineras

El Ministerio del Trabajo deberá realizar labores de inspección, vigilancia y control para esclarecer cuáles fueron las condiciones de trabajo en las que se encontraba Jaime, un minero que resultó afectado por un accidente que sufrió...


Corte protege derechos de adulto mayor con demencia que, al parecer, fue abandonado por su familia en un hospital

Esta corporación le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Defensoría del Pueblo y a la Comisaría de Neiva que intervengan en el caso de Rafael para proteger y restablecer sus derechos.

 

Bogotá D.C., 17 de abril de 2024

 

La...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--