Es ajustado a la Constitución el apoyo económico excepcional para desmovilizados en etapa de reincorporación en el marco del COVID-19





/noticia.php?Es-ajustado-a-la-Constituci%C3%B3n-el-apoyo-econ%C3%B3mico-excepcional-para-desmovilizados-en-etapa-de-reincorporaci%C3%B3n-en-el-marco-del-COVID-19-8953

Es ajustado a la Constitución el apoyo económico excepcional para desmovilizados en etapa de reincorporación en el marco del COVID-19


Boletín No. 111

 

Bogotá, julio 2 de 2020

Con ponencia de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 570 del 15 de abril de 2020 “Por el cual se adoptan medidas relacionadas con la creación de un apoyo económico excepcional para la población en proceso de reintegración en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

La Corte concluyó que el apoyo económico excepcional creado por el Decreto no es un beneficio adicional al proceso de reintegración, sino más bien, un apoyo transitorio y excepcional que busca mitigar los efectos socioeconómicos negativos generados por la crisis sanitaria a la población en proceso de reintegración que no cuenta con un beneficio económico. La Corte encontró que en el marco legal y reglamentario vigente, la ARN no cuenta con un título de gasto que le permita otorgar este beneficio económico.

Según datos de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), allegados a la Corte Constitucional, actualmente existen 3.193 personas activas en el proceso de reintegración que no recibe ningún tipo de beneficio económico dado que ya se vencieron los términos y condiciones en su ruta de reintegración. Sin embargo, permanece en circunstancias de vulnerabilidad, pues el 70% de ellas hace parte del régimen subsidiado de salud y depende de trabajos y oficios informales. Su situación socioeconómica se ve agravada por las circunstancias generadas por las medidas de aislamiento dirigidas a evitar la propagación del COVID-19.

 

La Corte advirtió que la medida es proporcional porque el beneficio está dirigido solo a aquellas personas que no están incluidas en otros programas sociales de gobierno y ya no cuentan con un apoyo económico en la ruta de reintegración. Igualmente, las exenciones tributarias y beneficios financieros que se aplican al apoyo económico excepcional son proporcionales, en la medida en que garantizan que los recursos lleguen de manera integral a los destinatarios y puedan ser aprovechados en su totalidad.

La Sala Plena encontró que el marco legal y reglamentario vigente para el proceso de reintegración, permite a la ARN otorgar beneficios económicos que se encuentran atados al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada persona en la ruta de reintegración, y en ese sentido, esta entidad no tiene competencia para otorgar otro apoyo económico ni de ampliar el tiempo ya concedido al amparo de sus facultades ordinarias.

En consecuencia, la Corte determinó que la prestación excepcional creada en el Decreto tiene una naturaleza distinta, no hace parte de la ruta de reintegración ni depende del cumplimiento de compromisos concretos y su necesidad surge por los impactos negativos generados por el COVID-19.


Otras noticias

Corte le ordena a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Valle del Cauca garantizar el derecho al descanso y la desconexión de los empleados judiciales del régimen individual que están en vacaciones

La implementación de los trámites la debe realizar la entidad judicial, mientras que el Consejo Superior de la Judicatura, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, adopta ...


Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático

 

Corte reconoce la existencia del desplazamiento forzado interno por factores ambientales, incluidos hechos asociados al cambio climático, y ampara los derechos a vivienda digna, trabajo, mínimo vital, seguridad alimentaria y seguridad personal de una pareja mayor de edad obligada a desplaz...


Corte amparó el derecho de petición de una persona privada de la libertad a quien no se le notificó en debida forma su solicitud para la inclusión en el Registro Único de Víctimas

 

La Corte recapituló la jurisprudencia sobre la debida notificación de la respuesta a las peticiones. Recordó que el incumplimiento del deber de dar a conocer una decisión que resuelve una solicitud concreta, además de la ...


Corte insta a los ministerios del Trabajo y de Minas y Energía y a la Agencia Nacional de Minería a verificar las condiciones de los lugares de trabajo en los que se realizan actividades mineras

El Ministerio del Trabajo deberá realizar labores de inspección, vigilancia y control para esclarecer cuáles fueron las condiciones de trabajo en las que se encontraba Jaime, un minero que resultó afectado por un accidente que sufrió...


Corte protege derechos de adulto mayor con demencia que, al parecer, fue abandonado por su familia en un hospital

Esta corporación le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, a la Defensoría del Pueblo y a la Comisaría de Neiva que intervengan en el caso de Rafael para proteger y restablecer sus derechos.

 

Bogotá D.C., 17 de abril de 2024

 

La...


Corte ampara el derecho fundamental a la consulta previa del pueblo Motilón Barí por la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales

Bogotá D.C., abril de 2024

 

La Sala Primera de Revisión estudió una acción de tutela interpuesta por las autoridades tradicionales del pueblo Motilón Barí Ñatubaiyibari en contra del Ministerio del Interior y otras institucion...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--