Es inconstitucional la norma que establecía el Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes y con contratos diferentes a prestación de servicios personales.





/noticia.php?Es-inconstitucional-la-norma-que-establec%C3%ADa-el-Ingreso-Base-de-Cotizaci%C3%B3n-de-los-trabajadores-independientes-y-con-contratos-diferentes-a-prestaci%C3%B3n-de-servicios-personales.-8821

Es inconstitucional la norma que establecía el Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes y con contratos diferentes a prestación de servicios personales.


Decisión de expediente D-13343 Boletín No. 11 Bogotá, 19 de febrero de 2020. La Sala Plena concluyó que el artículo 244 del Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1955 de 2019) desconoce el mandato constitucional de unidad de materia (falta de relación directa entre el artículo demandado y la norma que lo contiene), toda vez que no existe un vínculo directo e inmediato entre la regulación del Ingreso Base de Cotización de los trabajadores independientes, los independientes por cuenta propia y los trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales y los objetivos, metas o estrategias previstos en la Ley del Plan o en el documento Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. La Corte aplazó los efectos de la decisión hasta el vencimiento de las dos legislaturas ordinarias siguientes, contadas a partir de la notificación de esta sentencia. Para la Corte, la norma acusada no tiene conexidad directa ni inmediata por las siguientes razones: (i) la ubicación de la norma en la Ley no responde a una relación sistemática que explique regular el ingreso base de cotización de los trabajadores independientes y los demás temas que hacen parte del pacto por equidad en salud del Plan Nacional de Desarrollo; (ii) no se identifica de qué forma instrumental regular el ingreso base de cotización de los trabajadores independientes responde a alguno de los objetivos, metas, planes o estrategias propuestos en el Plan Nacional de Desarrollo; (iii) tampoco es posible identificar un vínculo con cada una de las estrategias asignadas a los ministerios de Trabajo, Salud y Hacienda, o al Departamento Nacional de Planeación o la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales; y (iv) porque se pretende llenar un vacío normativo creado por la Ley 1122 de 2007, lo que significa, que el artículo 244, declarado inconstitucional, es una disposición de índole transversal y con carácter permanente en el ordenamiento jurídico por lo que debería estar incluida en una ley ordinaria y no en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo. Los magistrados Diana Fajardo Rivera, Alejandro Linares Cantillo y Antonio José Lizarazo Ocampo, aclararon su voto. El magistrado Carlos Bernal Pulido salvó el voto. Parte resolutiva de la decisión: Primero. - Declarar INEXEQUIBLE el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, por infracción al principio de unidad de materia. Segundo. - Diferir los efectos de la inconstitucionalidad declarada hasta el vencimiento de las dos legislaturas ordinarias siguientes, contadas a partir de la notificación de esta sentencia.

Otras noticias

Corte ordenó al municipio de Acacias, Meta, abstenerse de actuar en desconocimiento de los derechos a dicha población y suministrar servicio de energía en zona requerida

El llamado obedece al estudio de una tutela que presentó un grupo personas de la vereda El Laberinto. En el amparo solicitaron la protección a la salud, la vida en condiciones dignas, educación y servicios públicos domiciliarios toda vez que la alcaldía ne...


Medidas urgentes y complementarias para garantizar la seguridad de la población firmante del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación y de los y las integrantes del partido Comunes, durante periodo electoral 2023

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 adopta medidas urgentes y complementarias para garantizar la seguridad de la población firmante del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación y de los y las integrantes ...


Corte ampara derechos a mujer con alzheimer a quien se le negó el servicio de enfermería en su lugar de residencia

El médico especialista tratante le prescribió el servicio de enfermera durante ocho horas al día, pero la EPS Salud Total se negó a cubrir este servicio al considerar que no lo requería, por lo que la mujer invocó el amparo

 

Bogotá, 18 de septiembre de 2023

Corte Constitucional, una de las instituciones colombianas que genera mayor confianza entre líderes de opinión

Bogotá, 15 de septiembre de 2023

 

La Corte Constitucional, guardiana de la Constitución Política de 1991 y protectora de los derechos fundamentales de todas las personas, ocupó el segundo puesto entre las instituciones que mayor confianza generan entre los/las líderes de opi...


CIRCULAR 05 DE 2023

CIRCULAR 05 DE 2023

 

 

PARA: Despachos judiciales, empleados de la Corte Constitucional, servidores públicos y ciudadanía en general

 

ASUNTO: Funcionamiento habitual de la Corte Constitucional y no suspensión de términos en los procesos 

 

FECHA: 14 de&n...


Priorizar la educación inclusiva de niñas y niños con discapacidad garantiza la diversidad dentro de los centros educativos: Corte

Una de las obligaciones del Estado, en el derecho a la educación, es adoptar para los niños con discapacidad lo que el marco jurídico colombiano ha denominado Planes Individuales de Apoyo y Ajustes Razonables (PIAR).

 

Bogotá, 14 de septiembre de 2023

...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--