Ingresos básicos de adultos mayores y personas de la tercera edad, son constitucionales





/noticia.php?Ingresos-basicos-de-adultos-mayores-y-personas-de-la-tercera-edad,-son-constitucionales-8927

Ingresos básicos de adultos mayores y personas de la tercera edad, son constitucionales


Boletín 86

Bogotá, junio 17 de 2020

La Corte Constitucional, mediante Sentencia C-182 de 2020, declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 565 de 2020 que protege los recursos destinados a cubrir los ingresos básicos de los adultos mayores y personas de la tercera edad, ante la eventual pérdida de rentabilidad de los portafolios financieros que los respaldaban. Los beneficiarios son las personas de escasos recursos quienes podrán obtener hasta su muerte, un ingreso periódico y personal para su subsistencia.

Para el máximo tribunal constitucional, el Decreto se ajusta a la Carta Política porque establece medidas dirigidas a contrarrestar los efectos adversos que el COVID-19 ha generado en la economía, en particular en materia Beneficios Económicos Periódicos –BEPS–, que es el nombre que recibe el mecanismo voluntario de protección para la vejez creado por la ley.

Con ponencia de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado y por unanimidad, la Sala Plena virtual encontró ajustado a la Constitución, el Decreto Legislativo 565 de2020, “Por el cual se implementa una medida temporal con el fin de proteger los derechos de los beneficiarios del Servicio Social Complementario, denominado Beneficios Económicos Periódicos BEPS, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”.

La Corte avaló tanto desde una perspectiva formal como material las medidas implementadas por el Decreto 565 de 2020 y sostuvo que cumple con los juicios de conexidad material, motivación suficiente, necesidad, no contradicción específica, ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, incompatibilidad y no discriminación.

En el estudio del Decreto, la Corte corroboró la necesidad e idoneidad de la medida y recordó que el sistema financiero consagra mecanismos tradicionales para contrarrestar los riesgos derivados de las fluctuaciones financieras “normales” a las que se exponen las aseguradoras y en general el mercado, tales como las reservas. No obstante, ante el riesgo derivado de la crisis mundial, COLPENSIONES, como administrador de los BEPS, acudió al mecanismo de emitir nuevas “anualidades vitalicias del mes anterior”, pero no fue suficiente esa medida, por lo que debieron adoptarse otras urgentes y extraordinarias destinadas a apalancar el sistema de BEPS en riesgo, como las propuestas por el decreto.

Para al Corte Constitucional, el Decreto contiene medidas extraordinarias ante circunstancias de la misma naturaleza que deben ser tomadas con diligencia por parte del Estado, por ser él el encargado de manera directa de asegurar las reglas de juego generales y de sostenibilidad básicas de ese mercado, así como su operatividad elemental.

Para la Corporación, esa intervención del Estado no conlleva a la ausencia de responsabilidad de la entidad financiera involucrada, quien a pesar de ser igualmente estatal, ostenta obligaciones convencionales y financieras pactadas frente al manejo de esos recursos por las que debe responder y que perviven indiscutiblemente, a pesar de la medida implementada por el Decreto 565 de 2020.


Otras noticias

Corte exhorta al Congreso a que adopte una legislación que reconozca y atienda el desplazamiento forzado causado por desastres y calamidades públicas con enfoque étnico diferencial y ampara derechos de comunidad étnica

 

El Congreso deberá adoptar dichas medidas dentro de dos legislaturas. 

 

Bogotá, D.C., diciembre 5 de 2023

 

La determinació...


Corte exhorta al Gobierno Nacional reglamentar la ley que definió la obesidad y enfermedades crónicas no transmisibles como prioridad de salud pública

 

 

Así mismo, le ordenó a la Nueva EPS que implemente políticas de prevención de la

obesidad y un programa de apoyo psicológico para los usuarios de su red que presentan sobrepeso.

 

&...


Magistrado Alejandro Linares Cantillo culmina su periodo mañana en la Corte Constitucional

 

 

Magistrado Alejandro Linares Cantillo culmina su periodo en la Corte Constitucional

 

Bogotá D.C., 1 de diciembre de 2023. El próximo 2 de diciembre, el magistrado Alejandro Linares Cantillo culmina su periodo en la Corte Constitucional. Tras ocho años en la Corporac...


Corte ampara derechos a ciudadano de nacionalidad venezolana en condición de habitanza de calle a quien le fueron negados procedimientos médicos tras sufrir accidente

 

La prestación del servicio de salud de las personas extranjeras que no han regularizado su situación migratoria y que están en condición de habitanza de calle no debe estar limitada a los casos de urgencia. Tal restricción desconoce el de...


Corte amparó derechos de mujer, quien le reprochó a una Comisaria de Familia que no fue diligente al protegerla de la violencia intrafamiliar de su pareja

La Corte reiteró que las funciones de las Comisarias de Familia no solo consisten en emitir medidas de protección, sino también deben hacer seguimiento sobre su materialización.

 

Bogotá, 27 de noviembre de 2023

Bolet&iac...


Corte inicia incidente de desacato por cumplimiento bajo en la creación del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas para superar el ECI en la niñez indígena Wayuu

Bogotá D.C., 27 noviembre de 2023

 

La decisión la emitió la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 que declaró el Estado de Cosas Institucional por la vulneración generalizada ...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--