La Corte protegió los derechos de dos personas privadas de la libertad que permanecieron recluidos en un centro de detención transitoria por más de 36 horas





/noticia.php?La-Corte-protegi%C3%B3-los-derechos-de-dos-personas-privadas-de-la-libertad-que-permanecieron-recluidos-en-un-centro-de-detenci%C3%B3n-transitoria-por-m%C3%A1s-de-36-horas-9845

La Corte protegió los derechos de dos personas privadas de la libertad que permanecieron recluidos en un centro de detención transitoria por más de 36 horas


 

La Sala consideró que el incumplimiento de las órdenes estructurales impuestas en la Sentencia SU-122 de 2022, que extendió el estado de cosas inconstitucional a los centros de detención transitoria, continúa reproduciendo una vulneración sistemática de los derechos de toda la población privada de la libertad, de la cual hacen parte los accionantes.

 

Bogotá D. C., 14 de agosto de 2024

 

La Sala Sexta de Revisión amparó el derecho a la dignidad humana de dos personas privadas de la libertad -uno de ellos extranjero- quienes se encontraban en una Estación de Policía de Bello, Antioquia. Los accionantes indicaron que no había condiciones de salubridad debido a que el lugar solo contaba con una ducha y un sanitario para 200 personas. Adicionalmente, señalaron que la alimentación era insuficiente.

 

La Sala recordó que la Corte declaró el estado de cosas inconstitucional en la población carcelaria, no solo en los centros penitenciarios y carcelarios del país, sino también en los centros de detención transitoria. Lo anterior, debido al incumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado con esta población.

 

La Corte ha reconocido, desde hace 26 años, que la realidad que debe afrontar esta población es inconstitucional y lesiona directamente los derechos humanos. Además, ha reconocido que es ocasionada porque las medidas adoptadas por el Estado no han sido suficientes para detener la vulneración sistemática e histórica de los derechos de las personas privadas de la libertad. Las condiciones de la infraestructura son precarias para garantizar la custodia de tantas personas, por lo cual estas deben enfrentar niveles altísimos de hacinamiento. Por ejemplo, en el caso concreto, la estación de policía enfrentaba un nivel del 360%.

 

Con fundamento en lo anterior, la Sala concluyó que la omisión del Inpec de trasladar a los accionantes a un centro penitenciario prolongó, de manera injustificada, la vulneración de sus derechos, que se configuró desde el momento en el que cumplieron más de 36 horas privados de la libertad en la Estación de Policía, lugar que no cuenta con las condiciones mínimas para garantizar sus derechos fundamentales.

 

La Sala advirtió que el incumplimiento de las órdenes estructurales impuestas en la Sentencia SU-122 de 2022 -que extendió el estado de cosas inconstitucional a los centros de detención transitoria- continúa reproduciendo la vulneración sistemática de los derechos de toda la población privada de la libertad, de la cual hacen parte los accionantes.

 

Resaltó que las entidades territoriales vinculadas en el caso concreto (el Departamento de Antioquia y el Municipio de Bello), de acuerdo con lo establecido por la jurisprudencia constitucional, deben trabajar armónicamente por garantizar condiciones mínimas en los centros de detención inmediata que hagan parte de su jurisdicción.

 

Por lo anterior, la Sala le ordenó al Inpec que coordine, junto con la Estación de Policía de Bello, el traslado de los accionantes a un establecimiento penitenciario. Además, instó a la entidad a que se abstuviera de incurrir en las acciones u omisiones que dieron lugar a la solicitud de tutela estudiada y, asimismo, a que se trasladara al accionante extranjero con la misma diligencia que a un condenado nacional.

 

Sentencia T-229 de 2024

M.P. Antonio José Lizarazo Ocampo

 

Glosario jurídico:

 

Sentencia SU-122 de 2022: la Sala Plena extendió el estado de cosas inconstitucional a los centros de detención transitoria tales como estaciones de policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI), después de estudiar nueve expedientes en los que los accionantes solicitaron el amparo de sus derechos a la vida digna, la dignidad humana y la salud, vulnerados por las condiciones de hacinamiento que padecían.

 

 

 


Otras noticias

Corte protegió el derecho a la vida digna de Tony, un niño de siete años quien no cuenta con servicios públicos en la casa donde vive con su mamá y abuela

 

La Corte constató que, si bien la vivienda cuenta con la instalación de las redes de acueducto y alcantarillado requeridas para la conexión domiciliaria del servicio público, no tiene acceso al agua potable, en razón a los problemas legales que re...


La Corte señaló que la licencia de paternidad es una protección contra la discriminación y garantiza la estabilidad de un trabajador que es despedido cuando ejercía este derecho

 

La Sala precisó que la licencia de paternidad es un mecanismo que permite disminuir las tensiones de desigualdad de acceso y oportunidades entre hombres y mujeres, y promueve la distribución de los cuidados remunerados, a través de los si...


Corte amparó el derecho a la educación de estudiante en situación de discapacidad a quien el ICETEX no le brindó una alternativa de crédito educativo

 

La Corte ha señalado que la accesibilidad de las personas con discapacidad al sistema educativo no se limita a garantizarles un acceso en sentido formal, sino que debe entenderse en un sentido material que involucre, por ejemplo, el análisis de ciertas medidas para que pue...


Corte instó a la Comisión Nacional para la Sustitución del Asbesto a que supervise el cumplimiento de la sustitución de los techos de tres sedes de una institución educativa en Barichara, Santander

 

Asimismo, le ordenó a la Secretaría de Salud del municipio de Barichara, así como a la Secretaría de Salud del Departamento de Santander, que activen la ruta de atención integral para personas expuestas a...


El consumo de sustancias psicoactivas puede ser sancionado en ámbitos laborales de alto riesgo

Así lo concluyó la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional que analizó la tutela de Alfonso, quien se desempeñaba como operario en el manejo del puente de grúa, en el que se trasladan materiales en distintas etapas del proceso de galvanizado en caliente dentro de una zona húmeda y fue despedido de su ...


La Corte Constitucional y la Cooperación Alemana para el Desarrollo (GIZ) cierra un proyecto que apoyó a la administración de justicia

Lo hizo con objetivos puntuales que acercaron no solo a las y los servidores públicos a un lenguaje claro en sus decisiones, sino también a la ciudadanía en general teniendo como objetivo principal los niños, niñas y adolescentes.

 

Bogotá D.C., 28 ...


VER TODAS LAS NOTICIAS