T-002/18 Crear protocolo de visita íntima en cárceles de Florencia y Modelo de Bogotá
12 de marzo de 2018. La Corte Constitucional al fallar una acción de tutela hizo un llamado al INPEC para que los requisitos que regulan la visita íntima, no se conviertan en un obstáculo o barrera que impidan al interno, ejercer su derecho. En tal sentido ordenó a los Directores de las cárceles Modelo de Bogotá y de Florencia, Caquetá, que en un término de dos (2) meses, crear un protocolo o reglamentación para los trámites de visita íntima, que contemple específicamente la diferenciación cuando se da entre personas condenadas (con pena de prisión o prisión domiciliaria), personas sujetas a medida de aseguramiento intramural y personas en detención domiciliaria. El mismo, deberá ser exhibido en lugares visibles de tales Centros de Reclusión y principalmente en los pabellones donde se albergan internos. Igualmente, se compulsan copias de la actuación a la Procuraduría General de la Nación y a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura, para que en su orden investiguen las actuaciones desplegadas por las directivas de la Cárcel de Florencia y los despachos judiciales que tuvieron que ver con la petición formulada por la actora, debido al exceso rigorismo que se le imprimió al trámite de la visita íntima objeto de pronunciamiento.
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