T-265/16 Acoso sexual en el trabajo es violatorio del Derecho Internacional de los Derechos Humanos
La Sala Sexta de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional dejó sin efectos dos fallos de la Procuraduría que impidieron la participación de una mujer presuntamente afectada en un proceso por acoso sexual en el trabajo y advirtió que tal conducta debe ser considerada como una violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El pronunciamiento fue hecho al conceder una acción de tutela a la señora a quien el Ministerio Público había negado su participación porque no era la quejosa y porque consideró que “la falta disciplinaria investigada no constituye violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, ni del Derecho Internacional Humanitario”.
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