T-290/16 Unidad de Víctimas debe reconocer a víctima de integrantes de “Los Rastrojos”.
La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional ordenó a la Unidad de Víctimas incluir en el Registro Único a una madre y su hija que habían sido víctimas de la organización criminal denominada “Los Rastrojos”. La Corte consideró que la Unidad de Víctimas desconoció un fallo condenatorio en contra del autor del homicidio de un familiar de ellas y señaló que “no se puede ignorar en el ámbito nacional la situación de las víctimas de actos violentos de las bandas criminales que emergieron luego del proceso de desmovilización de grupos paramilitares”.
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