T-475/17 Corte ordena suministro de agua potable en tres municipios de Cundinamarca
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, ordenó a la Gobernación de Cundinamarca, a las Empresas Públicas de Cundinamarca, a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, al Acueducto Regional de La Mesa, Quipile y Anapoima, a los Municipios de La Mesa, Quipile y Anapoima, al Ministerio de Vivienda (Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico), al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación que en un término de veinte (20) días, presenten un cronograma sobre la forma en la que asumirán de manera urgente e inmediata la prestación del mínimo vital al agua potable en estas poblaciones. La instrucción fue dada en el marco de una acción de tutela que presentó un grupo de ciudadanos afectados por la falta del líquido vital. La Corte indicó que mientras se entrega dicho cronograma, se deberá garantizar que la cantidad de agua a proveer no pueda ser menor a 50 litros de agua diarios por persona.
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