Expediente   OG-145    Fecha sentencia   2014-04-09    Sentencia   C-233/14
Magistrado Ponente:Alberto Rojas Ríos
Demandante / Demandado    OBJECIONES GUBERNAMENTALES AL PROYECTO DE LEY 138/10, SENADO, 290/11 CAMARA

Tema: Objeciones Gubernamentales al proyecto de ley No. 138/10 Senado, 290/11 Cámara “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida”. El Gobierno Nacional objetó por inconstitucionalidad el proyecto de ley de la referencia, por considerar que debió tramitarse como ley estatutaria porque contiene aspectos relacionados con el derecho a la vida y a la muerte digna del enfermo terminal que afectan el núcleo esencial de estos derechos fundamentales, lo que exigía que contara con la aprobación legislativa por mayoría absoluta en una sola legislatura y examen previo por parte de la Corte Constitucional. La Sala Plena considera que las disposiciones objetadas no tienen naturaleza estatutaria, por un lado, porque el hecho de relevar al médico de la obligación de mantener en funcionamiento los otros órganos cuando exista muerte cerebral, siempre y cuando el paciente no sea apto para donar órganos, parte de un presupuesto determinante como lo es la existencia de muerte cerebral, es decir, no otorga al médico la posibilidad de decidir sobre la terminación de la vida de un paciente y, por consiguiente, no regula aspectos estructurales o propios del contenido esencial del derecho a la vida de los pacientes. De otra parte, porque la suscripción del documento de voluntad anticipada implica una renuncia a tratamientos innecesarios o fútiles y, por consiguiente, desproporcionados en la fase terminal de una enfermedad crónica, degenerativa e irreversible. Es decir, al renunciar a estos tratamientos no se está renunciado a la posibilidad de curarse, ni se está induciendo la muerte, ni se está poniendo fin la existencia humana y, por ende, no se está autorizando ningún procedimiento de naturaleza eutanásica. Se declaran INFUNDADAS las objeciones gubernamentales formuladas y se declara la EXEQUIBILIDAD del proyecto de ley No. 138/10 Senado, 290/11 Cámara.
Recibo Relatoria:   2014-08-13




Temática

CUIDADOS PALIATIVOS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES TERMINALES, CRONICAS, DEGENERATIVAS E IRREVERSIBLES-Desarrollo del contenido elemental de la dignidad humana
CUIDADOS PALIATIVOS PARA PACIENTES CON ENFERMEDADES TERMINALES, CRONICAS, DEGENERATIVAS E IRREVERSIBLES-Objeto
CUIDADOS PALIATIVOS-Desarrollo del concepto
CUIDADOS PALIATIVOS-Finalidades específicas
CUIDADOS PALIATIVOS-Jurisprudencia constitucional
DERECHOS FUNDAMENTALES-Criterios para determinar cuándo requiere de ley estatutaria
DIAGNOSTICO DE MUERTE CEREBRAL-No es obligación del médico mantener el funcionamiento de otros órganos o aparatos por medios artificiales, siempre y cuando el paciente no sea apto para donar órganos
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Características
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Concepto
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Contenido y alcance
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Ejecución
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-No resulta un instrumento eutanásico
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Presupuestos
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Se encuentra en armonía con el mandato ético de la profesión médica
DOCUMENTO DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Similitud con el consentimiento informado
EJECUCION DE VOLUNTAD ANTICIPADA-Derecho comparado
EUTANASIA-Jurisprudencia constitucional
MUERTE CEREBRAL-Concepto
MUERTE ENCEFALICA-Concepto
OBJECION GUBERNAMENTAL A PROYECTO DE LEY-Trámite
OBJECION GUBERNAMENTAL-Cómputo de términos
OBJECIONES GUBERNAMENTALES A PROYECTO DE LEY CONSUELO DEVIS SAAVEDRA-Cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto de la cal
OBJECIONES GUBERNAMENTALES-Anuncio y votación
OBJECIONES GUBERNAMENTALES-Se extiende no sólo al control material, sino también al procedimiento impartido a las mismas
PROYECTO DE LEY CONSUELO DEVIS SAAVEDRA-Trámite legislativo
REGIMEN DE OBJECIONES GUBERNAMENTALES POR INCONSTITUCIONALIDAD E INCONVENIENCIA EN LA CONSTITUCION POLITICA-Jurisprudencia constitucional
REGULACION SOBRE VOLUNTAD ANTICIPADA-Fundamento
RESERVA DE LEY ESTATUTARIA EN MATERIA DE DERECHOS FUNDAMENTALES-Jurisprudencia constitucional
TRATAMIENTOS QUE SE CONSIDERAN INNECESARIOS-Contenido



Norma demandada

Norma: Objeciones gubernamentales al proyecto de ley No. 138 de 2010 Senado, 290 de 2011 Cámara. “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida”.
Decision: Primero. Continuar el trámite de las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 138 de 2010 Senado, 290 de 2011 Cámara, “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida”. Segundo. DECLARAR INFUNDADA las Objeciones Gubernamentales analizadas. Tercero. DECLARAR EXEQUIBLE el proyecto de ley 138 de 2010 del Senado y 290 de 2011 de la Cámara de Representantes “Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida”.
Tema: Objeciones gubernamentales a proyecto de ley consuelo Devis Saavedra-Cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto de la calidad de vida. Cuidados paliativos para pacientes con enfermedades terminales, crónicas, degenerativas e irreversibles-Objeto, desarrollo del contenido elemental de la dignidad humana. Régimen de objeciones gubernamentales por inconstitucionalidad e inconveniencia en la constitución política. Objeciones gubernamentales-Se extiende no sólo al control material, sino también al procedimiento impartido a las mismas, cómputo de términos, anuncio y votación. Cuidados paliativos-Desarrollo del concepto, finalidades específicas. Reserva de ley estatutaria en materia de derechos fundamentales. Derechos fundamentales-Criterios para determinar cuándo requiere de ley estatutaria. Muerte cerebral. Muerte encefálica. Diagnóstico de muerte cerebral-No es obligación del médico mantener el funcionamiento de otros órganos o aparatos por medios artificiales, siempre y cuando el paciente no sea apto para donar órganos. Documento de voluntad anticipada-Similitud con el consentimiento informado, ejecución, presupuestos, se encuentra en armonía con el mandato ético de la profesión médica, no resulta un instrumento eutanásico, características. Ejecución de voluntad anticipada-Derecho comparado. Regulación sobre voluntad anticipada-Fundamento. Tratamientos que se consideran innecesarios. Eutanasia.