/noticia.php?Colegio-de-Bogot%C3%A1-tendr%C3%A1-que-ofrecer-disculpas-a-exalumna-que-fue-se%C3%B1alada-de-hurto-sin-tener-en-cuenta-el-proceso-disciplinario-que-contempla-el-manual-de-convivencia-9291


 

El fallo de tutela le ordenó al colegio modificar sus protocolos de atención en casos de matoneo o acoso escolar, incluyendo la capacitación de los docentes y directivas, para así detectar de manera temprana los posibles casos.

 

Bogotá, 14 de junio de 2022

Boletín No. 064

Sentencia T-168-22

 

La Corte Constitucional ordenó a un colegio de Bogotá ofrecer disculpas a una exalumna en un acto público, ante sus excompañeros de clase, en el que deberá restablecer sus derechos al buen nombre e imagen, que fueron vulnerados con ocasión de un proceso disciplinario.

El padre de la menor presentó tutela contra la institución argumentando que no se respetaron los derechos de su hija en el proceso disciplinario, sino que fue obligada a admitir los hechos, situación que la llevó a atentar contra su vida al ser víctima de acoso escolar. Además, se le negó la expedición de documentos académicos para cambiar a la menor de colegio, debido a la mora en el pago de la pensión.

Durante el trámite de tutela se informó que la joven ya no hace parte de la institución educativa, por lo que se declaró la carencia actual de objeto por daño consumado. Sin embargo, la Corte decidió hacer un pronunciamiento de fondo, teniendo en cuenta que el caso involucra derechos fundamentales de una menor de edad.

La Sala Séptima de Revisión, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, encontró que en el colegio se le indicó a la menor escribir a mano una nota para informar a los padres sobre lo ocurrido, lo cual no solo evadió las formalidades propias del manual de convivencia, sino que inculpó a la menor de los hechos ocurridos sin haber surtido todo el proceso correspondiente.

“Aunque el colegio cuenta con un MC (manual de convivencia) que incluye procedimientos y protocolos claros para llevar a cabo procesos disciplinarios y evitar posibles casos de acoso escolar, en el caso en concreto no se siguieron ni se activaron las rutas de atención. Estas situaciones conllevaron a la vulneración del derecho al debido proceso, dignidad, la honra y el buen nombre de la menor por parte de la accionada”, indicó la Corte.

Por otra parte, la Sala también encontró que, aunque el servicio de educación no se suspendió y se prestó hasta final de año, se obstaculizó el proceso de matriculación en otra institución educativa. Esto se debe a que se negó la entrega de los certificados académicos del tercer semestre por mora en el pago de la pensión, pese a que se firmaron acuerdos de pago.

“Un acuerdo de pago debió ser suficiente para acceder a las peticiones de entrega de documentos académicos, al ser el reconocimiento expreso de los padres de la deuda adquirida a favor de la institución. Más aún cuando no se evidenció un abuso del derecho por parte de los padres, y con el cambio de institución educativa se pretendía la protección de la menor, así como asegurar la accesibilidad a una educación que pudiera recibir en condiciones óptimas de convivencia”, indicó la sentencia.

El fallo ordenó al colegio modificar sus protocolos de atención en casos de matoneo o acoso escolar, incluyendo la capacitación de los docentes y directivas. Además, deberá respetar las garantías del debido proceso en los procesos disciplinarios contra sus estudiantes.

También se le advirtió a la institución que, en futuras ocasiones, acceda a la entrega de los boletines académicos luego de la firma de acuerdos de pago, a efectos de garantizar el derecho a la educación.

 

 

 


Otras noticias

Nota de prensa Expediente RE-347

Nota de prensa Expediente RE-347

NORMA REVISADA: DECRETO LEGISLATIVO 1085 DEL 2 DE JULIO DE 2023

 

Bogotá D.C., 2 de octubre de 2023

Boletín No. 171
 

Noticia en Desarrollo. La Sala Plena de la Corte Constitucional finalizó la revisión del Decreto 1085 de 2023, mediante el cual se declaró el Estado de E...


Palabras de instalación de la presidenta de la Corte, Diana Fajardo, al XVIII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional

XVIII ENCUENTRO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Entre ríos y saberes

Palabras de instalación

Diana Fajardo Rivera
Presidenta de la Corte Constitucional 2023

 

Girardot, 28 de septiembre de 2023

Boletín No. 170

Mineducación debe formular lineamientos que faciliten a la población migrante menor de edad y en proceso de regularización migratoria acceder a programas de educación superior y a modalidades de educación técnica y tecnológica

La Corte también insta a que esos lineamientos se realicen en un plazo no mayor a seis meses desde que se notifique el fallo de tutela estudiado.

 

 

Bogotá, 25 ...


Corte convoca sesión técnica para verificar cumplimiento de órdenes en la Sentencia que amparó los derechos a tres comunidades étnicas que desarrollan sus actividades en el arroyo Bruno en La Guajira

La diligencia se llevará a cabo el 25 de septiembre de 2023 y fueron convocados los representantes de las comunidades La Horqueta, Gran Parada y Paradero, así como la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General, la Procuradur&iac...


Corte ordenó al municipio de Acacias, Meta, abstenerse de actuar en desconocimiento de los derechos a dicha población y suministrar servicio de energía en zona requerida

El llamado obedece al estudio de una tutela que presentó un grupo personas de la vereda El Laberinto. En el amparo solicitaron la protección a la salud, la vida en condiciones dignas, educación y servicios públicos domiciliarios toda vez que la alcaldía ne...


Medidas urgentes y complementarias para garantizar la seguridad de la población firmante del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación y de los y las integrantes del partido Comunes, durante periodo electoral 2023

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 adopta medidas urgentes y complementarias para garantizar la seguridad de la población firmante del Acuerdo de Paz en proceso de reincorporación y de los y las integrantes ...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--