Corte Constitucional reconoce la partería como saber ancestral y patrimonio cultural de la Nación, exhorta al Ministerio de Salud a integrar a las parteras al Sistema de Seguridad Social en Salud y al Congreso a legislar sobre este tema





/noticia.php?Corte-Constitucional-reconoce-la-parter%C3%ADa-como-saber-ancestral-y-patrimonio-cultural-de-la-Naci%C3%B3n,-exhorta-al-Ministerio-de-Salud-a-integrar-a-las-parteras-al-Sistema-de-Seguridad-Social-en-Salud-y-al-Congreso-a-legislar-sobre-este-tema-9274

Corte Constitucional reconoce la partería como saber ancestral y patrimonio cultural de la Nación, exhorta al Ministerio de Salud a integrar a las parteras al Sistema de Seguridad Social en Salud y al Congreso a legislar sobre este tema


 

La partería es una manifestación de la pluralidad de la Nación y una forma de protección de los derechos reproductivos de las mujeres que pertenecen a las comunidades en donde se ejerce este saber.

 

 

Bogotá, 19 de mayo de 2022

Boletín No. 052

Sentencia T-128-22

 

La Corte Constitucional exhortó al Ministerio de Salud y Protección Social para que inicie y culmine todas las iniciativas que sean necesarias, con el fin de integrar a las parteras al Sistema General de Seguridad Social en Salud, mientras que el Congreso de la República deberá legislar sobre este tema.

El llamado fue hecho por la Sala Sexta de Revisión de la Corte al estudiar una tutela interpuesta por organizaciones de parteras ubicadas en los departamentos de Chocó y Valle del Cauca. Estas personas además de atender alumbramientos, acompañar a la madre gestante y cuidar del bebé recién nacido, brindan servicios de medicina ancestral, diagnóstico y trata de enfermedades a las comunidades a las que pertenecen, mediante el uso curativo de plantas medicinales y otras formas de medicina tradicional.

Aunque la partería es ejercida por distintos grupos, esta práctica se identifica con comunidades negras, afrodescendientes, raizales o palenqueras ubicadas en la costa Pacífica colombiana, principalmente, en los departamentos de Nariño, Valle del Cauca, Cauca y Chocó con predominancia en este último y en la ciudad de Buenaventura.

Las parteras adscritas a las organizaciones aseguraron que, aun cuando atendieron personalmente a pacientes contagiados con COVID-19 en sus comunidades, no fueron catalogadas como talento humano en salud ni priorizadas en el plan de vacunación en contra de este virus. Tampoco fueron beneficiarias del reconocimiento económico temporal obtenido por el personal médico y de otras disciplinas que atendió esta enfermedad. Las parteras no recibieron los elementos de protección personal requeridos para controlar infecciones y detener la transmisión del COVID-19, ni se les prestó el acompañamiento adecuado para detener el avance de la enfermedad en sus territorios.

Con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, la Sala señaló que existe un deber constitucional y legal de integrar la partería, como forma de medicina ancestral, al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este proceso debe realizarse consultando a quienes ejercen la práctica, por lo que consideró oportuno el trabajo que el Ministerio de Salud viene realizando en ese sentido y le hizo un llamado para que lo culmine.

Sin embargo, en el caso particular, la Sala encontró que el Ministerio de Salud vulneró los derechos fundamentales de las parteras accionantes al no priorizarlas en el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y al excluirlas del reconocimiento económico otorgado por el Gobierno. Así mismo, las Secretarías de Salud del Chocó y del Valle del Cauca también vulneraron sus derechos al no entregarles elementos de protección personal para evitar el contagio de este virus y no capacitarlas para su manejo.

La Corte también reconoció y exaltó la partería como una forma de protección de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que pertenecen a las comunidades en donde se ejerce este saber. Las parteras, a través de su saber, constituyen una fuente de educación sexual y planificación familiar en las comunidades a las que pertenecen.

El fallo le dio seis meses al Ministerio de Salud para que efectúe el pago del reconocimiento económico temporal consagrado en el Decreto Legislativo 538 de 2020 a las parteras y parteros adscritos a las agremiaciones accionantes. Esta obligación persiste, aun si el Gobierno da por terminada la emergencia sanitaria antes del vencimiento del plazo y pagos respectivos.

El Ministerio de Salud también tendrá seis meses para que adelante una campaña de información entre las personas pertenecientes a las agremiaciones accionantes y, en general, en las comunidades donde ejercen su trabajo, acerca de la vacuna contra el COVID-19. Dichas campañas deberán ser respetuosas con sus creencias y cosmovisión, de manera tal que no pretendan imponer una postura médica alopática.

Finalmente, se ordenó a las Secretarías Departamentales de Salud del Chocó y Valle del Cauca que practiquen pruebas diagnósticas de COVID-19 entre quienes pertenecen a las agremiaciones accionantes.

 

 

 


Otras noticias

La Corte amparó los derechos de una trabajadora a quien no se le renovó el contrato por prestación de servicios a pesar de encontrarse en un estado de debilidad manifiesta por razones de salud

La Corte encontró que la entidad vulneró los derechos de la accionante porque conocía el estado de debilidad manifiesta cuando determinó no renovarle el contrato. Por ello, destacó que aunque se trataba de un contrato de prestaci&oac...


Corte protegió derechos de un campesino de 80 años, víctima del conflicto armado, a quien no se le garantizó la defensa técnica como opositor en un proceso de restitución de tierras

 

En el caso concreto, la Corte concluyó que no solamente se afectó el derecho al debido proceso y la garantía procesal a la defensa técnica del campesino, sino que, de igual modo, se vulneraron los derechos a la vida, a la vivi...


La Corte Constitucional refuerza su compromiso con la Justicia Clara en el VII Seminario Internacional de Lenguaje Claro

 

El evento se llevará a cabo desde el 18 hasta el 25 de octubre en las instalaciones del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), en Bogotá.

 

Bogotá D.C., 09 de octubre de 2024

 

La Corte Constitucional se compla...


Corte protegió los derechos de una mujer migrante a quien se le negó la nacionalidad colombiana

La accionante alegó que su madre colombiana falleció y la Registraduría no validó los testigos que llevó para argumentar su proceso de solicitud de registro civil de nacimiento en Colombia.

 

Bogotá D.C., 09 de octubre de 2024

 

La Sala Quinta de Revis...


La Corte Constitucional de Colombia y la Corte Constitucional de Ecuador renovaron un memorando de entendimiento de intercambio de conocimientos

El presidente de la Corte, magistrado José Fernando Reyes Cuartas y la jueza Carmen Corral Ponce, vicepresidenta de la Corte Constitucional de Ecuador renovaron el memorando.

Bogotá D.C., 8 de octubre de 2024

Este martes 8 de octubre se renovó el memorando de entendi...


Los diálogos constitucionales, una construcción colectiva llegan a Cúcuta

 

El evento académico se desarrollará el próximo 11 de octubre en el Auditorio de Posgrados de la Universidad Francisco de Paula Santander y será transmitido por las redes oficiales de la Corporación Facebook y YouTube y la página web de la Corte.

 

Bogotá D.C., 08 de octubre de 20...


VER TODAS LAS NOTICIAS