Corte ampara el derecho a la vivienda digna de la comunidad indígena Nasa Sek Ukwe (Valle del Cauca) que fueron desalojados sin el cumplimiento de la jurisprudencia constitucional
Se concluyó que el municipio de Yumbo vulneró este derecho, porque (i) no brindó la medida temporal de albergue a la que tenían derecho al ser una comunidad víctima de desplazamiento forzado y (ii) no incluyó a la comunidad ni a ninguno de sus miembros en los programas y políticas de satisfacción de vivienda.
Bogotá, 22 de diciembre de 2022
Boletín No. 158
Sentencia T-391-22
Así lo concluyó la Corte Constitucional luego de fallar una tutela que presentaron los representantes de la comunidad indígena del Pueblo Nasa Sek Ukwe (Valle del Sol) en contra el municipio de Yumbo, el departamento del Valle del Cauca, la Dirección de Asuntos Étnicos del Ministerio del Interior, la Unidad de Víctimas, la Unidad de Restitución de Tierras, la Agencia Nacional de Tierras y la Fuerza Pública.
Lo anterior, en concepto de la comunidad, por considerar que las autoridades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales, en tanto algunos de sus integrantes fueron desalojados del predio que ocupaban de forma forzada, sin el lleno de los requisitos jurisprudenciales.
La Corte concluyó que el municipio de Yumbo vulneró el derecho fundamental a la vivienda de la comunidad accionante, en tanto evidenció que incumplió el debido proceso estricto durante la diligencia de desalojo, debido a que no llevó a cabo una identificación y caracterización de los ocupantes que fueron desalojados, en los términos que lo exige la jurisprudencia constitucional.
El incumplimiento de esta obligación, enfatiza el fallo, impidió que la entidad territorial otorgara las medidas alternativas de protección a la vivienda a las que los ocupantes que fueron desalojados tenían derecho.
Así mismo, el alto tribunal constitucional resaltó que el municipio vulneró el derecho fundamental a la vivienda digna, porque (i) no brindó la medida temporal de albergue a la que tenían derecho al ser una comunidad víctima de desplazamiento forzado y (ii) no incluyó a la comunidad ni a ninguno de sus miembros en los programas y políticas de satisfacción de vivienda.
Con fundamento en todo lo anterior, la Sala Quinta de Revisión, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, concedió el amparo del derecho fundamental a la vivienda digna de los integrantes de la comunidad indígena Nasa Sek Ukwe (Valle del Sol).
Como remedios para esta vulneración decidió ordenar a la UARIV y al municipio de Yumbo, realizar la caracterización de todos los núcleos familiares que fueron desalojados del predio objeto de estudio, en una diligencia de desalojo que se llevó acabo hace poco más de dos años.
Al mismo municipio se le ordenó brindar un albergue temporal a los núcleos familiares de la comunidad fueron desalojados, cuya calificación de carencias arroje necesidades sustanciales en materia de alojamiento.
Vale la pena decir que también se ordenó a otras entidades informar a los núcleos familiares que fueron desalojados sobre los programas de atención y la oferta institucional en esta materia.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal de Yumbo deberán brindar un acompañamiento y la respectiva asistencia jurídica a la comunidad indígena y a las familias que fueron desalojadas; por último, se solicitó a la parte accionante abstenerse de incurrir en actos de ocupación irregular de predios.
Sentencia T-391 de 2022
Paola Andrea Meneses Mosquera