Disponible el COMUNICADO OFICIAL DE SALA PLENA No. 19 (Junio 15 y 16 de 2022)
Encuentre en el siguiente enlace el Comunicado Oficial Número 19, el cual contiene las decisiones de la Sala Plena del 15 y 16 de junio de 2022
TRABAJO EN CASA
COMUNICADO SENTENCIA C-212-22
M.P. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Corte declaró constitucional la Ley 2088 de 2021, a través de la cual se habilita el trabajo en casa en situaciones ocasionales, especiales o excepcionales
Se concluyó que la Ley no incurrió en un desconocimiento de la reserva de ley estatutaria, en tanto que dicha categoría especial de ley no es predicable de la normatividad cuestionada, pues no se está presencia de una regulación (i) integral, estructural y completa del derecho al trabajo; (ii) no se impacta en su núcleo esencial; (iii) ni se refiere a los elementos estructurales que conduzcan a una afectación de este derecho.
Por lo demás, entre el inciso 1° del artículo 14 de la Ley 2088 de 2021 y la materia dominante que se regula en la Ley 2088 de 2021 existe claramente una relación de conexidad causal, teleológica, temática, consecuencial y metodológica, que excluye la violación alegada del principio de unidad de materia.
PROHIBICIÓN DE DOBLE MILITANCIA
COMUNICADO SENTENCIA SU-213-22
M.P. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Corte dejó en firme la sentencia dictada por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que declaró la nulidad de la elección del señor Carlos Alberto Román Ochoa como alcalde del municipio de Girón (Santander) para el periodo constitucional 2020 – 2023, por violar la prohibición de doble militancia.
Los magistrados/as GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO, ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO y ALEJANDRO LINARES CANTILLO salvaron el voto. La magistrada NATALIA ÁNGEL CABO aclaró su voto. Los magistrados/as DIANA FAJARDO RIVERA y JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS reservaron la posibilidad de aclarar el voto.
SE NIEGA TUTELA DE EXALCALDE DEL DISTRITO ESPECIAL DE CARTAGENA
COMUNICADO SENTENCIA SU-214-22
M.P. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
La Corte negó acción de tutela presentada por exalcalde del Distrito Especial de Cartagena en contra de decisiones proferidas por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena en el marco del proceso penal en el que se le condenó como autor del delito de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales.
Se concluyó que en este caso las entidades accionadas no vulneraron los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia del demandante y, por lo tanto, negó el amparo solicitado.
IMPROCEDENTE TUTELA INTERPUESTA POR RTI
COMUNICADO SENTENCIA SU-215-22
M.P. NATALIA ÁNGEL CABO
La Corte declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por la Sociedad Producciones RTI contra la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, pues encontró que, en cuatro de los cinco cargos propuestos, el asunto no tenía relevancia constitucional y en el cargo quinto no se cumplió el requisito de subsidiariedad.
Los magistrados JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ, ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO y JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS, y las magistradas GLORIA STELLA ORTIZ y CRISTINA PARDO reservaron aclaración de voto.
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA
SENTENCIA SU-216-22
M.P. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Corte confirmó la decisión del órgano de cierre en el proceso de reparación de directa, en el marco de la acción de tutela interpuesta por Luis Alejandro Zapata Casas y otros en contra del Consejo de Estado, sección tercera, subsección “A”.
Los magistrados (as) DIANA FAJARDO RIVERA, JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR, CRISTINA PARDO SCHLESINGER Y JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS salvaron su voto en la decisión. Los magistrados (as) NATALIA ÁNGEL CABO, ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO Y PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA compartieron la decisión adoptada en el presente caso, pero se reservaron una eventual aclaración de su voto.