Publicación de auto que da inicio a trámite de nulidad de Sentencia 067/22 (Convocatoria 27 de la Rama Judicial)
Expedientes: T-8.252.659, T-8.258.202, T-8.374.927 y T-8.375.379 (AC)
La ciudadana Luz Dayán Caballero Vargas, obrando en nombre propio, presentó un memorial ante la Secretaría General de esta corporación, mediante el cual interpuso la «la acción de tutela y/o solicitud de nulidad contra la Sentencia SU-067/22».
El artículo 106 del Acuerdo 02 de 2015, por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional, dispone que antes de su decisión por la Sala Plena, las solicitudes de nulidad deben ser comunicadas previamente a los interesados.
En atención a que la ciudadana plantea dos pretensiones independientes —amparo judicial de sus derechos fundamentales y anulación de la Sentencia SU-067 de 2022—, es menester adoptar decisiones separadas que encaucen cada una de dichas demandas.
Así las cosas, se publica el contenido de la solicitud de nulidad referida en este auto en la página web de la Corte Constitucional, a fin de que las personas que hubieren actuado como coadyuvantes en los procesos de la referencia puedan pronunciarse al respecto. En la publicación se advertirá que las intervenciones que se realicen en este último caso deberán ser enviadas al correo yesmirams@corteconstitucional.gov.co. Los coadyuvantes tendrán un término de dos (2) días para pronunciarse sobre las solicitudes de nulidad, contado a partir de la desfijación de la comunicación en la página web, la cual estará publicada durante el término de un (1) día.
26 de octubre de 2022 / 8:14 a.m.