Régimen de provisionalidad en la Procuraduría no desconoce el derecho a la igualdad en acceso a los empleos públicos de los empleados de carrera
Boletín No. 181
Bogotá, 5 de diciembre de 2020
La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, declaró constitucional varias disposiciones relacionadas con los nombramientos en provisionalidad de cargos vacantes de la Procuraduría General de la Nación, pues no desconocieron el principio de igualdad en el acceso a los empleos públicos de los empleados de carrera.
Así, señaló que las expresiones acusadas, contenidas en los artículos 82, 185, 186, 187, 188 y 218 del Decreto Ley 262 de 2000, no comportan un trato discriminatorio injustificado en la discrecionalidad conferida al Procurador para proveer transitoriamente cargos de carrera mediante encargos o nombramientos en provisionalidad.
Y concluyó que la posibilidad de efectuar nombramientos en cargos de carrera sin previo concurso de méritos no es incompatible con la Carta Política, siempre que a ella se acuda, no como mecanismo para eludir la obligación de proveer los cargos mediante procesos de selección objetivos e igualitarios, sino como medida para asegurar la continuidad de la función pública.
Es importante precisar que el Decreto Ley 262 limita temporalmente la facultad discrecional concedida al Procurador, y reivindica la prevalencia del principio del mérito.
Por otro lado, y respecto al cargo por violación del principio del mérito y la carrera administrativa, la Sala Plena Virtual resolvió estarse a lo resuelto en la Sentencia C-077 de 2004, por configurarse la institución de la cosa juzgada constitucional, en lo que concierne a los apartes de los artículos 82, 185, 186, 187 y 188 del Decreto Ley 262.
En dicha sentencia se encontró que la provisión transitoria de cargos de carrera, delimitada temporalmente mediante la figura de la provisionalidad, no era inconstitucional, toda vez que en la realidad tal opción desarrolla principios de la función administrativa, particularmente los de eficacia y eficiencia administrativa.