T-428/18 Ante la ausencia de uno de los padres, abuelos están legitimados para solicitar visitas a sus nietos menores de edad





/noticia.php?T-428/18-Ante-la-ausencia-de-uno-de-los-padres,-abuelos-est%C3%A1n-legitimados-para-solicitar-visitas-a-sus-nietos-menores-de-edad-8651

T-428/18 Ante la ausencia de uno de los padres, abuelos están legitimados para solicitar visitas a sus nietos menores de edad


La Corte Constitucional estudió una acción de tutela presentada por dos abuelos en contra de la decisión de un juez de familia que no les reconoció legitimación para pedir la regulación de visitas de su único nieto, tras la muerte de su hijo, dado que la progenitora del menor les negó las visitas. La Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, mediante providencia de 1 de febrero de 2018, negó el amparo invocado, al considerar que la decisión del juez accionado había sido correcta. Sin embargo, exhortó a la madre del menor, “para que cumpla su deber ineludible de ofrecer a su hijo un ambiente de unidad familiar que permita y favorezca el desarrollo integral y armónico de su personalidad, tarea en la cual deberán prestar colaboración sus abuelos paternos y de ser el caso solicitar acompañamiento de bienestar familiar”. La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Carlos Bernal Pulido, consideró que, a pesar de que el Código Civil, en sus artículos 253 y 256, asignan el cuidado personal de la crianza y educación de sus hijos al padre o madre sobreviviente, sin hacer referencia a abuelos, a la luz del artículo 44 de la Constitución, “resulta acorde con la primacía del derecho fundamental del niño a tener relación con toda su familia, no solamente con los padres. Por lo tanto, los integrantes de la familia extensa están legitimados para solicitar la regulación de visitas a menores de edad.” La Sala Primera de Revisión, al conceder la acción de tutela, dejó sin efectos la decisión del juez de familia de no reconocer a los abuelos accionantes la legitimación para promover el proceso de regulación de visitas. En su lugar, le ordenó que resuelva de fondo esta solicitud, con garantía del debido proceso de las partes y del interés superior del menor.
Ver enlace

Otras noticias

Corte adoptó medidas cautelares sobre la suficiencia de la UPC

 

La Corte adoptó medidas cautelares sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). Decretó la inaplicación de las normas que destinaban el 5% de la UPC para la operación de los equipos básicos de salud, hasta tanto el Consejo de Estado no emita una decisión definitiva

 

Bogot&a...


Corte ordena a las entidades públicas, responsables en superar el ECI en seguridad de excombatientes de las FARC-EP, orientar sus decisiones y actuaciones con base en los subcomponentes y ejes transversales de la política pública de seguridad

Corte ordena a las entidades públicas nacionales y territoriales, responsables en la superación del ECI en la situación de seguridad de excombatientes de las FARC-EP, orientar sus decisiones y actu...


Corte le ordena a la Junta Central de Contadores que cuando los migrantes venezolanos soliciten la inscripción y expedición de la tarjeta de profesional aplique el Código Civil y se abstenga de exigir requisitos no previstos en la ley

 

Para la Corte la exigencia de un determinado tipo de visa como requisito para acreditar el ánimo de permanencia y, a su vez, el domicilio, es una limitación desproporcionada toda vez que el ...


Corte ampara derechos de dos adolescentes víctimas de violencia de género y determina que sus casos no fueron atendidos debidamente por sus colegios


La Sala consideró que “las instituciones no garantizaron un entorno seguro y libre de violencias para las adolescentes. Tras los hechos de violencia sexual denunciados, el rendimiento escolar de las estudiantes disminuyó y, aunado a la ausencia de medidas y garantías de los co...


Nuevo micrositio interactivo y pedagógico de la Corte para la protección de la niñez Wayuu

 

La Corte Constitucional lanza el micrositio de la Sentencia T-302 de 2017. Ese espacio, lo pueden encontrar en el siguiente enlace:  https://www.corteconstitucional.gov.co/t-302-17/.

 

 

Bogotá, 15 de mayo de 2024

 

La Corte Constitucional lanza ...


El incumplimiento a las órdenes judiciales es una afrenta al Estado de derecho, pero también es un duro golpe a las expectativas de justicia en cabeza de las víctimas

La Corte Constitucional le reiteró al Consejo Superior de la Judicatura la necesidad de tomar correctivos frente a los niveles de congestión que enfrentan los distintos juzgados y tribunales especializados en restitución de tierras.

 

La...


VER TODAS LAS NOTICIAS
--