Universidad violó derechos a la libertad de expresión y a la no discriminación al despedir a profesora que denunció abusos sexuales y laborales contra personal del plantel





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Universidad violó derechos a la libertad de expresión y a la no discriminación al despedir a profesora que denunció abusos sexuales y laborales contra personal del plantel


T-239 de 2018 Mónica Godoy Ferro, profesora de la Universidad de Ibagué, se había convertido en defensora de los derechos de mujeres ante el mismo plantel por supuestos abusos sexuales y laborales cometidos por personal de la Institución. El 9 de marzo de 2017 una integrante del cuerpo de vigilancia de la Universidad, buscó su ayuda al afirmar que ella y otras de sus compañeras de trabajo habían sido víctimas de episodios de acoso laboral y sexual presuntamente causados por sus jefes directos y algunos de sus compañeros. La profesora Mónica Godoy informó a las directivas del plantel y por petición de la rectoría lideró varias reuniones de sensibilización sobre en las que le comentaron casos de acoso sexual y laboral, poniendo en conocimiento de esas denuncias a las directivas de la Institución educativa. La profesora Godoy agregó en la tutela que, antes de que culminaran los referidos talleres de sensibilización, programados en el marco de la estrategia de prevención contra el acoso laboral y sexual, la Universidad de Ibagué despidió a algunos miembros del cuerpo de seguridad presuntamente vinculados a los casos de acoso laboral y sexual, así como a presuntas víctimas. Ella manifestó sus reparos a los funcionarios competentes de la institución educativa, relató la importancia de adelantar un debido proceso que garantizara los derechos de todos los involucrados y expresó que, en los casos de acoso sexual, debía denunciarse ante las autoridades competentes por tratarse de la comisión de un posible delito. El 9 de agosto de 2017, la accionante remitió, a través de un mensaje de correo electrónico, el documento denominado “Informe sobre violencia de género y acoso laboral en la Universidad de Ibagué” a la decana de la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales y a la ex rectora, en el que informó 10 casos de despidos de trabajadores que integraban el cuerpo de seguridad, incluida una de las presuntas víctimas. El 17 de agosto de 2017, antes de entrar a una reunión con las directivas de la Universidad para tratar el tema, a la profesora Godoy le informaron verbalmente sobre la cancelación de su contrato laboral “y que,(…) la causa de dicha decisión era que “[su] estilo no encajaba con la institución”. La Sala Sexta de Revisión de Tutela de la Corte Constitucional, luego de estudiar el expediente y los elementos de prueba, estableció que “la Universidad de Ibagué desvinculó a la accionante en razón de sus actuaciones y denuncias sobre violencia de género y acoso laboral en contra de trabajadoras de la institución educativa”. Entonces, el ejercicio de la autonomía administrativa de la universidad desbordó los límites del respeto a los derechos fundamentales al despedirla con fundamento en motivos discriminatorios al pretender “suprimir del ámbito educativo un discurso de defensa de los derechos de las mujeres, específicamente del derecho a vivir una vida libre de violencia”. El fallo, con ponencia de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, ordena reintegrar a la accionante a un cargo de iguales o mejores condiciones al que ocupaba al momento de su desvinculación, el reconocimiento y pago de todos los salarios y prestaciones sociales a las cuales tenga derecho, e instó a la Universidad de Ibagué para que, si aún no lo ha hecho y en el marco de sus funciones, “implemente un protocolo de actuación para los casos de violencia de género en la institución, así como rutas y procedimientos claros y efectivos para el trámite de las posibles denuncias de acoso laboral”. En el mismo sentido, exhortó al Ministerio de Educación para que establezca lineamientos y estándares para las instituciones de educación superior en relación con los deberes y obligaciones de las universidades, instituciones técnicas y tecnológicas en relación con los casos de acoso laboral o de violencia sexual y de género que suceden al interior de las mismas. En la decisión, se compulsan copias para que la Fiscalía General valore el material probatorio y evalúe la pertinencia de iniciar investigaciones.
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