Disponible el comunicado oficial de Sala Plena No. 28 (septiembre 1 de 2022)





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Disponible el comunicado oficial de Sala Plena No. 28 (septiembre 1 de 2022)


 

Encuentre en el siguiente enlace el Comunicado Oficial Número 28, el cual contiene las decisiones de la Sala Plena del 1 de septiembre de 2022.

 

FACTURACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS

Comunicado Sentencia C-305-22

M.P. Paola Andrea Meneses Mosquera

Corte determinó que la factura emitida por la DIAN del impuesto sobre la renta pierde fuerza ejecutoria y, por tanto, no podrá ser utilizada como título ejecutivo para efectos de cobro coactivo, siempre que el contribuyente presente oportunamente su declaración privada, incluyendo sus propios reportes al sistema de facturación electrónica, cuando estuviere obligado.

 

  • Finalmente, la Corte señaló que la DIAN conserva todas sus facultades de fiscalización frente a la declaración privada que presente el contribuyente, para efectos de verificar que dicha declaración, en efecto, representa su realidad económica.
  • El magistrado Alejandro Linares Cantillo Se reservó la posibilidad de presentar aclaración de voto.
  • Norma acusada. Ley 2155 De 2021 (art. 14) Adiciona el art. 616-5 del Estatuto Tributario

 

LEY DE PRESUPUESTO NACIONAL

Comunicado Sentencia C-306/22

M.P. Cristina Pardo Schlesinger y Jorge Enrique Ibáñez Najar

La modificación de las condiciones para el reconocimiento de la personería jurídica de las cajas de compensación familiar mediante el artículo 132 de ley 2159 de 2021, anual de presupuesto, desconoce de forma grave y notoria los principios constitucionales de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia, por lo cual es inexequible desde el momento de su expedición.

  • La Corte decidió modular los efectos temporales de la decisión, en el sentido de señalar que estos se aplican desde la expedición misma de la Ley 2159. Y señaló que da lugar a la reviviscencia de la versión original del numeral 2 del art. 40 de la Ley 21/1982.
  • Los magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo y José Fernando Reyes Cuartas aclararon el voto, por cuanto salvaron parcialmente su voto al proferirse la Sentencia C-153 de 2022.
  • Norma acusada: Ley 2159 de 2021 (art. 124 y 132).

 

CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR

Comunicado Sentencia C-307-22

M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar

 

La Corte dispuso estarse a lo resuelto en la sentencia c-306 de 2022 mediante la cual se declaró la inexequibilidad del artículo 132 de la ley 2159 de 2021 con efectos a partir de su expedición.

Como cuestión previa al asunto de fondo, la Sala Plena encontró que, mediante la Sentencia C-306 de 2022, la Corte declaró la inexequibilidad del artículo 132 demandado con efectos retroactivos a partir de la fecha de su expedición. Por lo tanto, concluyó que en este caso se configuraba la cosa juzgada constitucional absoluta sobre dicho artículo, de manera que no existía objeto para el análisis de constitucionalidad. En consecuencia, dispuso estarse a lo resuelto en dicha sentencia.

 

EXHORTO PARA REGULAR EL CRÉDITO EDUCATIVO PARA ACCESO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR

Comunicado Sentencia C-308-22

M.P. Antonio José Lizarazo Ocampo

 

Corte declara la exequibilidad de la capitalización de intereses en créditos educativos de largo plazo y exhorta al Gobierno Nacional a regular el crédito educativo para el acceso a la educación superior.

  • Para la Sala, la medida persigue una finalidad constitucional importante, es idónea para lograr esta finalidad, y no es evidentemente desproporcionada para tal cometido.
  • Sin embargo, se constató la existencia de una problemática que requiere la intervención estatal a efectos de dar pleno cumplimiento al art. 69 de la Constitución.
  • La magistrada Diana Fajardo Rivera salvó su voto, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez lo aclaró y las magistradas y magistrados Natalia Ángel Cabo, Hernán Correa Cardozo (E), Alejandro Linares Cantillo, Paola Andrea Meneses Mosquera y José Fernando Reyes Cuartas se reservaron la posibilidad de aclarar sus votos en la presente decisión.
  • Norma acusada: Decreto 663 de 1993 (art. 121, parcial)

 

 


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