Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU-067 de 2022 (Convocatoria No. 27) coadyuvantes podrán pronunciarse





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Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU-067 de 2022 (Convocatoria No. 27) coadyuvantes podrán pronunciarse


 

En la Sentencia SU-067 de 2022, la Corte declaró que el Consejo Superior de la Judicatura y la Universidad Nacional de Colombia no violaron el principio de confianza legítima ni los derechos fundamentales de los participantes en la Convocatoria número 27 para proveer las vacantes en la Rama Judicial, al expedir la resolución que dispuso corregir las irregularidades ocurridas en la estructuración y evaluación de la prueba de conocimientos y aptitudes.

Ahora bien, los días 12 y 13 de mayo de 2022, obrando de manera separada, los ciudadanos Jorge Hernán Pulido Cardona y Carlos Alberto López Cadena, apoderado de Pedro Alirio Quintero Sandoval, presentaron solicitudes de nulidad contra la Sentencia SU-067 de 2022.

Así, y a fin de que las personas que hubieren actuado como coadyuvantes en los procesos de la referencia puedan pronunciarse al respecto, se relaciona el siguiente correo para tal fin: yesmirams@corteconstitucional.gov.co

 

Ver:

https://res-2.cdn.office.net/assets/mail/file-icon/png/folder_16x16.png https://res-2.cdn.office.net/assets/mail/file-icon/png/folder_16x16.pngSolicitud de nulidad Sent. SU-067-2022 - Peticionario Jorge Hernán Pulido Cardona

https://res-2.cdn.office.net/assets/mail/file-icon/png/folder_16x16.png https://res-2.cdn.office.net/assets/mail/file-icon/png/folder_16x16.pngSolicitud de nulidad Sent. SU-067-2022 - Peticionario Carlos Alberto López Cadena

 

Vale la pena aclarar, que el término que tendrán las partes y las personas que hubieren actuado como coadyuvantes para pronunciarse sobre las solicitudes de nulidad, es de tres (3) días. En el caso de las partes, el término se contabilizará a partir de la comunicación del auto del doce (12) de julio; y en el de los coadyuvantes, a partir de la desfijación de la comunicación en la página web, la cual estará publicada durante un término de tres (3) días.

 

Publicación realizada el 14 de julio 2022

 


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