T-152/2017. Corte Constitucional protege derecho a la libertad religiosa y de culto
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de culto, y al debido proceso administrativo de un Patrullero de la Policía Nacional, quien fue amonestado por un superior, por negarse a leer un mensaje con contenido religioso en Semana Santa. La Corte ordenó a la Policía Nacional que, a través de la dependencia competente, elimine del formulario de seguimiento la anotación demeritoria registrada, porque considera que con esta actuación, no solo se desconoció el principio de laicidad, sino que afectó la libertad religiosa y de culto del actor.
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