T-240/17. Corte ordena registrar a menor que durante 16 años no tuvo identificación
La Sala Novena de Revisión de Tutelas ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil que en un término de 48 horas después de la notificación, proceda a inscribir en el registro a una menor cuya identidad ha sido desconocida en los 16 años de edad que tiene. La Corte dejó sin efecto dos decisiones del Tribunal Administrativo de Antioquia y del Consejo de Estado, respectivamente, en las cuales no accedieron a las pretensiones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que actuó como Agente Oficioso de la menor. “Esta situación es inconstitucional, máxime, si se tiene en cuenta que la legislación nacional señala que se debe inscribir el nacimiento, un mes después del suceso, y en el plano internacional, se consagra la obligación de inscripción inmediatamente después del hecho”, señala el fallo.
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