T-244/16. Restitución de tierras no es desistible
La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional sentenció que los jueces no incurren en defecto sustantivo al negar solicitudes de desistimiento en los procesos de restitución de tierras. El pronunciamiento fue hecho al darle la razón a un juez de Córdoba que se negó a aceptar el desistimiento presentado por una de las partes. “Aceptar el desistimiento como una forma legítima para terminar el proceso incentivaría a los grupos ilegales a seguir presionando a las víctimas a renunciar al derecho de propiedad que tienen sobre sus predios y a los derechos a la verdad, justicia y reparación que se derivan del proceso de restitución”, indica la sentencia.
Ver enlace